Ley Nº 20496

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 20496

[Economía dará sobregiro a Vivienda para hacer estudios agua potable

DECRETO LEY N 20496

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

EJ Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente :

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Vivienda, a través de la Dirección General de Obras Sanitarias, debe llevar a cabo los estudios definitivos del Plan Nacional Urbano de Agua Potable y Alcantarillado correspondiente a la Tercera Etapa;

Que para tal fin necesita recursos financieros adicionales los mismos que deberi otorgarse en la forma de un sobregiro por ía suma de S/. 17^420,000.00;

Estando a lo informado por el Instituto* Nacional de Planificación y las Direcciones Generales del Tesoro y del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo cte Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Artículo 1 — Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a otorgar un sobregiro hasta por la suma de Diecisiete Millones Cuatrocientos Veinte Mil y OO/’OO Soles Oro (S/> IT420,000.00 , a favor del Pliego Ministerio de Vivienda, (Programa 2132: Obras Sanitarias) destinado a atender los Estudios por Contrata del Plan Nacional Urbano de Agua Potabie y Alcantarillado correspondientes a la Tercera Etapa.

Artículo 29 — El Ministerio de Vivienda propondrá las medidas de regularización del sobregiro autorizado por el Artículo l9 del presente Decreto-Ley.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho dias del mes de Enero de mil novecientos setenticuatro.

General de División E. P„ JUAN VELASCO ALVARA-DO, Presidente de la República.

General de División E. P„ EDGARDO MERCADO JA-RRIN, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro da Guerra.

Teniente General FAP„ ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica

Vice-Almirante AP., LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.

Teniente General PAP PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo

General de División E. P., ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.

General de División E. P., ENRIQUE VAIJDEZ ANGULO. Ministro de Agricultura.

General de División E. P., JORGE FERNANDEZ ¡VIAL-DONADO SOLARI. Ministro de Energía y Minas.

Teniente General PAP, LUIS BARANDIARAN PAGADOR, Ministro de Comercio.

General de División E. P., JAVIER TANTALEAN VANI-NI, Ministro de Pesquería.

General de División E. P., GUILLERMO MARCO DEI* PONT SANTISTEVAN, Ministro de Economía y Finanzas.

Teniente General FAP.. FERNANDO MIRO QUESA-Da BAIIAMONDE, Ministro de Salud.

Contralmirante AP. RAMON ARROSPIDE MEJIA, Ministro de Vivienda

Contralmirante AP., ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Turismo.

General de Brigada EF., MIGUEL ANGEL DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada E. P., PEDRO RICHTER PRADA, Ministro del Interior.

General de Brigada EP RAUL MENESES ARATA, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

POR TANTO*.

Mando se publique y cumpla.

Lima, 03 de Enero de 1974. -

General de División E. P.,

JUAN VELASCO ALVARADO.

General de División JL P.. EDGARDO MERCADO JA-RRIN.

Teniente General FAP-ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

Vice-Almirante AP., LUIS E. VARGAS CABALLERO.

General de División E. P.. GUILLERMO MARCO DEL PONT SANTISTEVAN.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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