Ley Nº 20479

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 20479

AMPLIAN PRESUPUESTO BIENAL DEL SECTOR PUBLICO EN PLIEGO DEL MINISTERIO DE ECONOMIA

DECRETO-LFY No. 20479 Considerando:

Ove por Decreto Ley N 20075 se íleo Jaro en

estado de reorganización a la Dirección Gene.

ral de Inteligencia Tributaria del Ministerio

de Economía y Finanzas, encomendándose al

mismo el nombramiento de la respectiva Co-

• |

misión Reorganizadora y autorizándolo a re-estructurar el Presupuesto de tal- Dirección Ge neral, sujetándose a las vigentes normas presupuestarias;

Que de la reestructura de tal Presupuesto resulta un indispensable incremento de S . 14'-

685,000 respecto a la asignación originalmente aprobada para el bienio 1973-1974, como con. secuencia de la implementación de una nueva estructura orgánica y de personal requerido para cumplir los objetivos propuestos por el.

Decreto Ley N 20075 de reorganización;

► .

Que parte de ios macuica ¿c^uisus imánete-* ros demandados pueden ser atendidos con ingresos generados por la venta de servicios pres tados por la Central de Procesamiento Automático de Datos del Ministerio de Economía y Finanzas abonados a la partida 12 - Ingresos Inclasificables del Tesoro Público, requiriéndo-se para ello ampliación presupuestaria;

Que asimismo el saldo del incremento puede cubrirse con cargo a la partida 04.Ó6 “O. tras Transferencias Corrientes al Sector Público" del Programa de Operación 0557-00 “Formulación y Evaluación del Presupuesto Público" del Pliego de tal Ministerio;

De conformidad con lo establecido por el ar tículo 41'.' del Decreto Ley N 19864 del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973.1974;

Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y las Direcciones Generales del Presupuesto Público y de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Mi-

i

nistros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Art. 1 ■—Amplíase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973.1974, en la suma de tres millones novecientos cuarentidos mil novecientos cincuenta : y 00-100 soles oro vS’. 3'942,950), según el siguiente detalle:

Volumen I: Gobierno Central.

Título I: Ingresos del Tesoro Público.

6: Otros Ingresos.

Partida S/.

122: Ingresos Inclasificables .. .. 3’942,950

3'942,950

Título II: Egresos.

Sector 09: Economía y Finanzas. Pliego 01: Ministerio de Economía y Finanzas.

Presupuesto de Operación.

Programa N 0559-00 Investigación y Control de la Evasión Tributaria. Unidad Ejecutora: Dirección General de Inteligencia Tributaria.

02.00 Bienes —.................. 622,000

03.00 Servicios................... 2’240,000

08.00 Bienes de Capital Nuevos .. . 1 '080,950

3'942,950



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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