Tipo de Norma: Ley
Número: 20473
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20473Economía otorgará sobregiro basta por S/. 262'660,120.00
a favor del Pliego MTC
DECRETO LEY N 20473
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto -Ley siguiente;
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que los recursos financieros del Sub-Programa 03 "Adt núnistrnción de las Actividades e Inversiones de Correos y Telégrafos", del Programa 1807 "Dirección y Administración de Comunicaciones" en el Presupuesto de Operación del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, lian resultado insuficientes para atender sus necesidades en el ejercicio presupuestad 1973-1974;
Que el Sub-Programa citado requiere atender con urgencia algunos gastos como los referidos a transporte de la correspondencia aérea y marítima; embalajes y fletes; créditos devengados y reconocidos por adquisiciones de bienes y servicios; pensiones de retiro, cesantía y jubilación; y otros de menor magnitud:
Que en consecuencia es necesario dotar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones de recursos financieros adicionales en la forma efe un sobregiro por la suma de S/. 262’
660,120.00 destinado al Sub-Programa 03 "Administración de Jas Actividades e Inversiones de Correos y Telégrafos’’;
Estando a lo informado por el Instituto .Nacional de Planificación y las Direcciones Generales del Tesoro y del Presupuesto público del Ministerio de Economía y Finanzas;
En uso de las facultades de que está investido; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo 1» — Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a otorgar un sobregiro hasta por la suma de doscientos scscntldós millones seiscientos sesenta mil cíenlo veinte y 00/100 soles oro (S/. 2G2'6G0,120.00) a favor del Pliego Ministerio» de ’lYans]>orles y Comunicaciones (Programa 1007 Dirección y Administración de Comunioacloncs; Eub-Progra-taa 03 Administración do las Actividades e Inversiones de Correos y Telégrafos) en el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1974, para atender sus necesidades conforme al siguiente detalle:
VOLUMEN I: Gobierno Central
SECTOR 11: Transportes y Comunicaciones
pliego 01: Ministerio de Transportes y Comunicaciones
PRESUPUESTO DE OPERACION
Programa 1807: Dirección y Administración de Comunicaciones
Sub-Programa 03: Administración de las Actividades e Inversiones de Correos y Telégrafos
Jefatura Responsable; Dirección tío Correas y Telégrafos
Par tillas:
02.00 BIENES .............................. 39'400,000.00
02.01- Alimentos para Personas .............. 600.000.00
02.0.1 Vestuario ............................. l’GOO,000.00
02 04 Materiales de Construcción ............ 4'500,000.00
02.08 Material Potográfico ................... 50.000.00
02.09 Medicinas y Materiales de Laboratorio. 140,000.00
02.10 Utiles de Escritorio y Materiales para
Impresión ............................. 13’100,000.00
02.14 Materias Primas .................. 310,000.00
02.15 Repuestos de Equipos de Transporte .... 6'8üO,000.00
02.17 Repuestos de Otros Equipos ........... 3 200,000.00
02.19 Utiles de Asco y Limpieza ........ 1'200,000,00
02.22 Otros .............................. 7000,000.00
02.23 Créditos Devengados y Reconocidos ... 900,000.00
03.00 SERVICIOS .......................... 132-260,120.00
03.01 Viáticos, Gastos de Viaje e Instalación. 2'100.000.00
03.03 Embalajes y Fletes .................... 55‘800,000.00
03.04 Seguros de Transporte ............!---- 30.000.00
03.03 Servicios Públicos ...................... 9’300,000.00
03.12 Impresiones y Publicaciones ........... 4'9G0.000.00
03.13 Empastes y Encuadernación ........... 35.000 00
03.16 Gastos Judiciales y Notariales ........ 100,000.00
03.19 Gastos de Aduana ...:................. 200,000 00
(13.20 Otros ................................ • 1’500,000.00
03,21 Créditos Devengados y Reconocidos .... 58’235,120.00
04 00 TRANSFERENCIAS CORRIENTES _____ 9VOOO,000.00
04.01 Al Seguro Social del Empleado ........ 37’900.000.0Q
04.07 Pensiones de Retiro, Cesantía, Jubilación
y Montepío ............................ 31 000,000.00
04 20 créditos Devengados y Reconocidos ... 22’10Q,000.00
Total S/. 262-660,120.00
Articulo 2o — El Ministerio de Transportes y Comunicaciones propondrá las medidas tendientes a la regularlzaclón del sobreglro autorizado por el Articulo 1^ del presente Decreto Ley.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.