Tipo de Norma: Ley
Número: 20149
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20149Amplían Presupuesto Bienal del Sector Público en Pliego de Energía y Minas en 2 Millones
Que así mismo, teniendo en cuenta la urgencia con la que debe atenderse la prestación de servicios requeridos para la organización y realización de esta—Tercera- Reunión, que, en el caso de someterse a Concurso de Precios y/o Licitación Publica sufrirían considerable retraso, es necesario exceptuar ai Ministerio do Energía y Minas de los dispositivos legales
DECRETO LEY N 20149EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que por acuerdo de la “Declaración de Quito” suscrita luego de terminada la Segunda Reunión Consultiva Latinoamericana de Ministros de Energía y Petróleo, celebrada en la indicada ciudad entre el 2 y 6 de abril de 1973, se fijo como Sede de la Tercera Reunión la ciuda de Lima:
Que la organización y coordinación de la Tercera Reunión Consultiva Latinoamericana de Ministros de Energía y Petróleo, que se efectuará en esta ciudad entre los días 29 de octubre y 2 de noviembre del año en curso, está a cargo del Ministerio de Energía y Minas, para lo cual es necesario dotarle de los recursos financieros correspondientes, en la forma de una ampliación presupuestal por la suma de S/. 2'OOO.QOO.OO;
que obliguen a ello;
De conformidad con lo establecido en los artículos Nos. 57 de la Ley N9 1481G, Orgánica del Presupuesto Funcional de la República y 41° del Decreto Ley N° 198G4, del Presupuesto Eienal del Sector Público Nacional para 1973-1974;
Estáñelo a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General del Presupuesto Público;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voio aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Articulo 1 — Ampliase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional pera 1973-1974, en la suma de dos millones y oo loo soles oro ts/, 2'900,000.00), según el siguiente detalle: VOLUMEN I : Gobierno Central
TITULO I : Ingresos
CAPITULO I : Ingresos del Tesoro Público
6 : Otros Ingresos
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del raes de setiembre de mil novecientos setentires.
General División EP., JUAN VELASCO ALVARADO Presidente de la República.
General de División EP.. EDGARDO MERCADO JARRTN, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP, ROLANDO GIL ARDI RODRIGUE'. Ministro de Aeronáutica.
Vice Almirante AP, LUIS VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.
Teniente General FAP, PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.
General de División EP, ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.
General de División EP, ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.
General de División EP, FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía v Finanzas.
General de División EP. JORGE FERNANDEZ MALDO-nado solari, Ministro de Energía y Minas.
General de Brigada EP. JAVIER TANTALEAN VANINI, Ministro de Pesouería.
Mayor General FAP, FERNANDO MIRO QUESADA BA-HAVoyuE. Mmistro de Salud.
Contralmirante AP, RAMON ARROSPIDE MEJIA, Ministro de Vivienda.
Contralmirante AP, ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio.
General de Brigada EP. PEDRO ItICHTER PRADA, MI nistro d°l interior, Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores.
General de Brigada E.P., RAUL MENESES ABATA, Minis'-.o de Transportes y Comunicaciones.
POR TANTO:’
Mando se publique y cumpla.
Lima, 25 de Setiembre de 1973.
General de División EP, JUAN VELICO ALVARADO. General de División EP. EDGARDO MERCADO JARRIN. Teniente General FAP, ROLANDO GIL ARDI RODRIGUEZ.
Vice Almirante AP, LTJTS E. VARGAS CABALLERO.
Ge ne-nl d- rasión EP. FRANCISCO MOR AI ES BFJl-MV.NT í.r’PRTJTTL
r:-n -1 «• División EP, JORGE FERNANDEZ 3LVLDO-JfADO SOLARI.
Partida 122
TITULO
II
SECTOR
13
PLIEGO
01
Ingresos Inclasificables S/\ 2'000,000.00
Egresos
Energía y Minas
Ministerio de Energía y Minas
PRESUPUESTO DE OPERACION
PROGRAMA 1552 : SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
Jefatura Responsable Director General de Administración
Partida:04.06 Otras Transferencias del Sector Público —Comisión para la Tercera Reunión Consultiva Latinoamericana de Ministros de Energía y Petróleo. S/. 2’000.000.00
Artículo 2° — El Ministerio de Energía y "Minas-aprobará el respectivo Presupuesto Anai frico y remitirá a los organismos que establece el Decreto-Ley N 19864 del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-74.
Articulo 39 — Autorízase al Ministerio de Energía y Minas a contratar, sin el requisito de licitación pública v/o concurso de precios, los servicios destinados a hacer factible la Tercera Reunión Consultiva Latinoamericana de Ministros de Energía y Petróleo.
Artículo 49 — La Comisión para el certamen antes erran-ciedo rendirá cuenta documentada, en un plazo máximo de 60 días después de concluido el mismo al Ministerio de Energía y Minas, de todos los gastos efectuados.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.