Ley Nº 20048

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Tipo de Norma: Ley

Número: 20048


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 20048

Otorgan pensión de gracia a doña Justina Santiago Paitampoma viuda de Mendoza

DECRETO LEY H9 20046

EL PRESIDENTE Dfi LA REPUBLICA

POR CUANTO:

B1 Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto - Ley siguiente*

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

Artículo 2° — El Ministerio de Educación queda encarga-do del cumplimiento del presente Decreto-Ley.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco dias del mes de junio de mil novecientos setentltrés.

General de División EP, JUAN VELASCO ALVARA-DO, Presidente d* la República.

General de División EP. EDGARDO MERCADO JA-

CONSIDERANDO:

Que en la jornada del 17 de Agosto de 1970, en circunstancias en que dos grupos de personas realizaban tareas comunales consistentes en la demolición de las paredes del local de la Escuela Primaria de Varones N 547, del Distrito de Comas, Provincia de Concepción, Departamento de Ju-nin, seriamente deteriorado como consecuencia de los movimientos sísmicos registrados en aquella localidad el día 1* de Octubre de 1969, don Marcos Mendoza Atao, murió sepultado por el desprendimiento de una de las paredes del referido Inmueble;

Que la viuda y los siete hijos menores del occiso han quedado en precaria situación económica, por lo que es necesario aue el Estado recom-

RRIN, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro d« Guerra.

Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vlce-Almirante AP LUIS E. VARGAS CABAIXERO, Mi. nlstro de Marina.

Teniente General FAP. PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.

General de División EP.

ALFREDO CARPIO RECE. RRA. Ministro de Educación.

General de División EP.

ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura. „ General de División EP.

FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI Ministro de Economía y Finanzas, General de División EP. JORGE FERNANDEZ MAL-

nnvunn «m.ART Ministra



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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