Tipo de Norma: Ley
Número: 19973
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19973Amplían Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional 1973-74
DECRETO LEY N* 19973EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto Le; siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Supremo N® 307-72-EF, de fecha 12 de Diciembre de 1072. se ha aprobado mi contrato de préstamo con un Grupo de Bancos encabezados por Wclls Fnrgo Linillcd. destinado al pago de Amortiza clones <S'. 1,0 65*802. 213 270 e Intereses <8/ 482*107 .188 .ISj de la Deuda Pública Extcrnu con vencimiento en 1673;
Que en consecuencia es nrceaorlo ampliar el vluentc
Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1974. en la suma ante* mencionada a efecto de que *e de cumplimiento a la obligación asumida por el Oobiemo Peruano:
De conformidad con lo establecido en los Articulo 57* de la Ley N9 14316, Orgánica del Presupuesto Funcional de la República y 419 del Decreto Ley N* U>804 del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1874;
Estando a lo Informado por la Dirección Oeneral del Presupuesto Fü hijeo; y por el Instituto Nacional de Planl-í le ación;
En uso de las facultades de que está investido; y. Con el volo aprobatorio del Cornejo de Ministros; Ha dado «1 Decreto-Ley siguiente;
Articulo Amplíase el Presupuesto Bienal dcú Sector Publico Nacional para 1073-1974. en la suma de Un Mil Quinientos Cuarentlocho Millones y 00 *oo Soleó Oro (3/. lJ^O'OOO.OOO.OOj según «1 siguiente deulie:
VOLUMEN I; Gobierno Central TITULO I: INGRESOS CAPÍTULO IV: Endeudamiento 2 Externo
— Grupo de Bancos encabezados por WeJls Fargo Limíted.
Partida 387-A: Préstamo otorgado por un Grupo de Bancos encabezado por Weils Fargo LlmUed......... S\ 1 549000.000
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.