Ley Nº 19921

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 19921

2’714,000.00

ECONOMIA HARA TRANSFERENCIA DE PARTIDAS PARA DIVERSOS PROGRAMAS DE INVERSION EN AGRICULTURA

DECRETO-LEY N° 19921

CONSIDERANDO:

Que habiendo resultado deficitaria la dotación presupuestal del Programa 1145 “Pago de Expropiaciones de la Reforma Agraria” del Pliego C1 Ministerio de Agricultura, para a-tender el pago en efectivo de las expropiaciones tramitadas, las mismas que debían ser financiadas en razón del carácter social que presentaban;

Que para tal finalidad, se plantea una transferencia de partidas específicas con los recurses disponibles del Proyecto “Levanta-

v

miento del Catastro Rural en Zonas de Reforma Agraria” que ejecuta el Programa 1127 “Inversiones para la Reforma Agraria y A-sentamiento Rural”, y que permitirá regularizar los compromisos adquiridos con anterioridad al 31 de Diciembre de 1972;

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 52 Inciso 4 de la Ley N< 14816 Orgánica del Presupuesto Funcional de la República y los Arts. 34°, 35, y 38 Inciso “a” del Decreto Ley N 18700, Ley del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972;

Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General del Presupuesto Público;

En uso de las facultares de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Art. Unico— Autorízase al Ministerio de

Economía y Finanzas a efectuar una transfe-

%

rencia de partidas específicas correspondiente a distintos Programas de Inversión dentro del Pliego 01 Ministerio de Agricultura del Presupuesto Bienal 1971-1972, en liquidación, hasta por la suma de Dos Millones setecien

tos Catorce Mil y 00|100 Soles Oro <S|. 2*714, 000.00), conforme al siguiente detalle:

Sector 10: Agricultura

Pliego 01: Ministerio de Agricultura

Presupuesto de Inversión:

Del Programa 1127: “Inversiones para la Reforma Agraria y A-sentamiento Rural.

Jefatura Responsable; Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural”.

Partida :

06.00 Estudios

C6.01 Estudios por Contrata

—Proyecto; “Levantamiento del Catastro Rural en Zonas de Reforma Agraria” 1’814,000.00 06.02 Estudios por Administración —Proyecto: 1 ‘Levantamiento

del Catastro Rural en Zonas de Reforma Agraria*' 900 000.00

S|. 2*714,000.00

Al Programa 1145: “Pago de Expropiaciones de la Reforma A-graria”.

Jefatura Responsable: “Dirección General de la Reforma Agraria y Asentamiento Rural”.

Partida :

09.00 Compra de Bienes de Capital Usados

09.14 “Expropiaciones de la Reforma Agraria” .............S .

Por tanto: Mando se publique y cumpla. Lima, 30 de Enero de 1973.

Gral. de Div. EP. Juan Velasco Alvarado Gral. de Div. EP. Ernesto Montagne Sánchez Tnte. Gral. FAP. Rolando Gilardi Rodríguez Vice-Almirante AP. * Luis E. Vargas Caballero Gral. de Div. EP. F. Morales Eermúdez C.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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