Ley Nº 19919

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Número: 19919


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 19919

EFECTUARAN POR EXCEPCION UNA

%

TRANSFERENCIA DE PARTIDAS PARA

1971-1972 EN PLIEGO DE ECONOMIA

DECKETO-LEY N 19919

CONSIDERANDO:

Que determinados Programas del Pliego del Ministerio de Economía y Finanzas han asumido durante la ejecución presupuesta! del período bienal 1971-1972, diversos compromisos derivados de la implementación de nuevos sistemas de administración financiera, cuyos pagos deben efectuarse en el período de liquidación del ejercicio presupuesta^ ampliando para tal efecto les saldos de algunas partidas específicas;

Que dentro de otros programas integrantes del Pliego del Ministerio de Economía y Finanzas, existen partidas específicas que al cierre del ejercicio presupuestal presentan saldos sin comprometer derivados de economías, que son susceptibles de transferir;

Que es necesario sustituir la partida habi-litadera N 01.07 “Remuneración del personal contratado" a que se refiere el Decreto-Ley N 19875 per la partida N< 01.01 “Remuneración básica del personal permanente" que cuenta con una mayor disponibilidad financiera al cierre del ejercicio presupuestal;

De conformidad cen el Art. 52« de la Ley N° 14316 Orgánica del Presupuesto Funcional

de 7a República y los Arts. 34 y 36 del Decreto-Ley N 18700 Ley del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-72;

Estando a lo informado por la Dirección General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas y por la Dirección General del Presupuesto Público;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Artículo 1— Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a efectuar por excep ción, una operación de transferencia de partidas hasta por la suma de Cuarenticuatro

Millones Dcscienfces Cuarentitrés Mil Trescien

1 ^

tos y 00(100 Soles Oro (S\ 44'243,300.00), se gún el siguiente detalle; correspondiente al Presupuesto Bienal para 1971-1972 en liquidación.

Sector C9: Economía y Finanzas

Pliego 01: Ministerio de Economía y Finanzas.

Presupuesto de Operación

Del:

Programa 0557 - Asesoría en Investigación y Desarrollo Tributario.

Jefatura: Oficina de Investigación y Desarrollo Tributario.

Partida:

01.00 Remuneraciones

01.01 Remuneración bá

sica del personal permanente . . 1'434,626.54

Programa 0560 - Administración de Fon dos Fiscales.

Jefatura: Dirección General del Tesoro Público.

Partida:

01.00 Remuneraciones

01.01 Remuneración bá

sica del personal permanente . .. 706,517.85

02.00 Bienes

02.21 Otros.......2’448,026.62

Programa 0561 - Contabilidad Pública.

Jefatura: Dirección General de Contabi lidad Pública.

Partida:

01.00 Remuneraciones

01.01 Remuneración bá

sica del personal permanente . .. 800,000.00



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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