Tipo de Norma: Ley
Número: 19916
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19916ECONOMIA HARA TRANSFERENCIA DE
f
PARTIDAS EN EL PLIEGO DEL CONSEJO
NACIONAL DE TASACIONES
DECRETO-LEY N 19916
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Nacional de Tasaciones de* .be cumplir me tas, de impostergable necesidad corno es la elaboración de los planos Arancelarios de las ciudades más importantes del país;
Que con criterio de racionalización de los recursos el Consejo Nacional de Tasaciones ha efectuado ajustes internos que permitirán atender sus demandas, sin ocasionar mayores desembolsos en el Presupuesto del Sector Público Nacional;
Que es necesario autorizar los ajustes mencionados haciendo por excepción de lo dispuesto en el Art. 37 inciso a) del Decreto-Ley N 18700 Ley del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-72 y de con formidad con lo establecido en el Art. 34 del mismo;
Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros:
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Artículo Unico.— Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a efectuar una Operación de Transferencia de Partidas por excepción, hasta por la suma de doscientos o-chentidos mil setecientos y OCjlOO soles ero
(Sj. 282,700.CO) en el Sector 16 Vivienda, Plie-
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go C3, Consejo Nacional de Tasaciones en el
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Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-72 según el siguiente detalle: Sector 16: Vivienda.
Pliego 03: Consejo Nacional de Tasaciones. Del Presupuesto de Operación.
Programa 2176: Tasaciones.
Jefatura Responsable: Presidente del Consejo Nacional de Tasaciones.
De la Partida:
01.07 Remuneración del Personal Con- S|, tratado .... ................ 282,700
282,700
Al Presupuesto de Inversión Programa 2186: Tasaciones - Inver sión (Apertura)
Jefatura Responsable: Presidente del Consejo Nacional de Tasaciones.
A la Partida:
C6.01 Estudios por Contrata (Apertura) .................... 282,700
282,700
Por Tanto: Mando se publique y cumpla.
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Lima, 30 de Enero de 1973 Gral. de Div. EP. Juan Velasco Alvarado
Gral. de Div. EP. Ernesto Mcntagne Sánchez
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Tnte. Gral. FAP. Rulando Gilardi Rodríguez Vice-AImirante AP. Luis E. Vargas Caballero Gral. de Div. EP. Fcc. Morales Rermúdez C.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.