Ley Nº 19888

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Tipo de Norma: Ley

Número: 19888


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 19888

SE HARAN OBRAS DE DEFENSAS RIBEREÑAS PARA SEGURIDAD DE LAS POBLACIONES

DECRETO-LEY N‘.* 19888 CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Agricultura viene realizando tanto en ferma directa, como por encargo del Ministerio del Interior, Obras de Emergencia y Rehabilitación con fondos provenientes de los Decretos Leyes Nos. 19403 y 19558 respectivamente, de las cuales depende la seguridad de numerosas poblaciones aledañas a los ríos que surcan la Región de la Cos-

ta, así como de diversas instalaciones, Obras 7 • *

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Hidráulicas y Herías de cultivo;

Que por el Proyecto Nv 13 “Defensas Ribereñas” Programas 1128 “Inversiones en Ope ración e Infraestructura para el Uso y Desarrollo de los Recursos Hidráulicos" del Pliego CJ Ministerio de Agricultura del Presupuesto Bienal 1971-1972, se está efectuando, con los recursos asignados, las defensas de las poblaciones de Palpa y Pisco así como la Bocatoma

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de Cabeza de Toro, obras que es necesario terminar antes del inicio de las mayores abun-dancias^del ciclo Hidrológico 1972-1973, a fin de logrdr la seguridad de ambas poblaciones y el riego de grandes zonas de cultivo;

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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