Ley Nº 19687

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Número: 19687


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 19687

Ascienden a Contralmirante al Capitán de Navio Guillermo Runciman Navarrefe

DECRETO LEY N 19687

£L PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revoluciona -rio h« dado el Dccreto-Ley siguiente:

El. GOBIERNO REVOLU CiONAItlO

CONSIDERANDO:

I.a recomendación de la Junta Permanente de Selección para Ascenso dispuesto en el Articulo B-8707 del Reglamento de los Servicios del Personal de la Armada;

'9

Lo prescrito en la Ley de Ascensos para el Personal Superior de la Armada N 13678; y

En uso de las facultades de que está Investido; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley «i* guíente:

Articulo Unico. — Asclén-dese al grado de Contralml-rante de la Marina de Guc-rra del Perú, al Capitán de Navio Guillermo Runciman Návarrete, con fecha lv de Enei-o de 1973.

Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a ios doce diafl del mes de Diciembre de mil novecientos setentidós.

General de División EP. JIJAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República.

General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro da Guerra.

Teniente General fap. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice Almirante AP, LUIS E. VARGAS ü A HALLE IlO, Ministro de Marina.

Teniente General FAP, PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.

General de División EP.

ALFREDO CARPIO BECE

RRA, Ministro de Educación, General de División EP.

ENRIQUE VALDEZ ANGULO» Ministro de Agricultura.

General de División EP.

FRANCISCO MORALES BER. MUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.

General de ■ Brigada EP.

ANIBAL meza cuadra CARDENAS, Ministro de Transportes y comunicaciones.

General d*e Brigada EP. JORGE FERNANDEZ MAL-DONAD^ SOLARI, Ministro de Energía y Minas.

General de Brigada EP. JAVIER TANTAI.EAN VA* NINI, Ministro de Pesquería.

Mayor General FAP. FERNANDO MIRO QUESADA BA1IAMONDE, Ministro do Salud.

Contralmirante AP. ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Intustria y Comercio. Encargado de la Cartera de Vivienda.

General de Brigada EP. MIGUEL A. DE LA FLOR



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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