Tipo de Norma: Ley
Número: 19628
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19628Aprueban Convenio Adiciona/ suscrito entre Perú y Hungría
DECRETO LEY N° 19628EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Ley No. 19391 se aprobó el Convenio de Crédito suscrito entre los Gobiernos de la República del Perú y de la República Popular de Hungría por la suma de Quince Millones de Dólares Americanos (US$ 15'000, 000.00) con una tasa de interés simple anual de 2.5%, pagadero 5% del Valor FOB en forma anticipada, 10% contra presentación de documentos de embarque y el 85% restante en un plazo de doce años;
Que se ha convenido en ampliar el crédito anteriormente referido de Quince Millonea de Dólares Americanos (US§ 15'000,000.00) hasta por la suma <Je Cuarenticinco Millones de Dólares Americanos (USJ 45’OQO.OOO.OO) sin variar las condiciones del mismo;
En uso de las Facultades de que est¿ investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente;
Artículo Unico. — Apruébase el convenio adicional, suscrito entre los Gobiernos de la República del Perú y de la República Popular de Hungría, en Budapest, el 5 de Setiembre de 1972. aumentando «*1 monto del crédito, suscrito el 22 de Setiembre de 1971. a Cuarenticinco Millones de Dólares Americanos (US$ 45' 000,000.00).
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho dias del mes de Noviembre de mil novecientos setentidos.
General de División EP JUAN VELASCO ALVAR\-DO. Presidente de la República.
General de División EP ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del
Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vice-AImirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.
General de División EP., ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.
General de División EP ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura. Encargado de la Cartera de Trabajo.
General de División EP FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTI. Ministro de Economía y Finanzas, Encargado de la Cartera de Energia y Minas.
General de Brigada E.P., ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
General de Brigada EP JAVIER TANTALEAN VA-NINI, Ministro de Pesquería.
Mayor General FAP, FERNANDO MIRO QUESADA BAH AMONDE, Ministro de Salud.
Contralmirante AP ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio, Encargado de ia Cartera de Vivienda.
General de Brigada E. MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada EP PEDRO RICHTER PRADA, Ministro del Interior.
POR TANTO:
Mando te publique y cumpla.
Lima, 28 de Noviembre de 1872.
General de División EP., JUAN VELASCO ALVARA-DO.
General de División EP ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.
Vice—Almirante A.P., LUIS E. VARGAS CABALLERO.
General de División E. P.t FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRU-TTI.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.