Tipo de Norma: Ley
Número: 19583
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19583Amplían Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional por la suma de 30 millones
N. de R.-— Por haberse publicad» con error en 1» edición del R de octubre último, repetimos hoy lo publicación de! Decreto I,ey N* 19583, eftta re* con su testo correete.
Partid*
08.00: Compra de Bienes ae Capital Nuevos
08.02: Vehículos de Transporte C‘70fl,fl00.00 08.07: Equipos de Enseñanza y
Ayuda Audiovisuales 000,000.00
08.00: Equipos y Herramientas
para Talleres 700,000.00 S/, 10’200,000.0fl
00.00: Compra de Bler.l:S de Capital Usados
00.13: Compra de terreno* lO’OOO,000.00
DECRETO LEY N* 19583EL PRESIDENTE DE LA REPUBUCA l'OR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario lu» «lado el Decreto - Ley algulente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO:
Programa 2053: Servicio (le la Deuda Jefatura Responsable: Dirección Nacional
Partid»
12.00: Amortlración de la Deuda
12.01: De la Deuda Interna 9’800.00.00
TOTAL: 3/. 30'000,000.00
Dado en la Casa de Gobierno, en Urna, a los veinticuatro días del mes ile Octubre de mil novecientos setcnlidos.
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Que por Decir tJ Ley N<* lñ¡)í!.l se La dispuesto mi rea Inste en la tasa de aportaciones ni Servicio Nacional de Apreu-d,1o y Trabajo Industrial con im Incremento del l'.'ó al
le las remuneración os de los vancicm practicada, se deduce se obtendrá un mayor ingreso. en TREINTA MILLONES Y 00/100 SOLES ORO <«/. 30*000.000 CH >:
Que el Servicio Nacionjil de Aprrmli/.iijo y Trabajo Industrial tSENATD, precisa cancilar la deuda contraída con ol Banco Industrial, expropiar los (menos colindñutes con su local, construir edificios en la Dirección Regional del Norte y Sur y renovar la flofa de vehículo;;;
Que para tal efecto, es necesario ampliar su presupuesto de los Programas 2053 Inversión Real y 2053 Servicio de la Deuda;
De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 3!^ y 42^ (fel Decreto-I,cy N'> 13700, del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional vigente;
Estando a lo informado por el Instituto Nacional do Planificación y la Dirección General del Presupuesto Público El*-' uso de las facultades du que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
lia dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo Unico— Amplíase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972 hasta por la «urna do Treinta Millones y 00/100 Sok-3 Oro <£>/, 3ü'MX>,üi>0.üO), según el siguiente detalle:
VOLUMEN i: Gobierno Central e Instituciones Públicas Desccr.t; i-.Uzodas TITULO T: INGRESOS CAPITULO III: Ingresos Propios 2.3: Tasas Educacionales Partida 290: Contribuciones Permanentes
Ley Ni 13771 .................. S/. JómOOO.O»
General de División EP„ JUAN VELASCO ALVAR ABO, Presidente de la República.
General de División EP, ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro d« Guerra.
Teniente General FAP. ROLANDO GILAItDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vice-Almirante AP. MUS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.
Teniente General FAP, PEDRO SALA OitOSCO, Ministro de Trabajo.
General de División EP ENRIQUE VALDRA ANGULO, Ministro de Agricultura,
General de División EP FRANCISCO MORALES BEK-Mi'iiEz CERUUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.
General de Brigada EP ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
General de Brigada EP., JORGE FERNANDEZ, MAlDO-NADO SOf,ARI, Ministro de Energía y Minas.
General de Brigada EP., JAVIER TANTA LEAN VAN1NI, Ministro de Pesquería.
Mayor General FAP., FERNANDO MIRO QUESADA BAIIAMONDE, Ministro de Salud.
Contralmirante AP RAMON ARROSP1DE MEJIA, Ministro de Vivienda.
Contralmirante AP ALBERTO JIMENEZ I»E LUCIO, Ministro de Industria y Comercio,
General de Brigada El»., MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE. Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada EP PEDRO RICHTER PKADA, Ministro del Interior, Encargado de la Cartera de Educación.
POR TANTO:
Mando so publique y cumpla
Lima, 24 , de Octubre de 1972.
TITULO II: EGRESOS sector m: Trabajo
PLIEGO 03: Servil!') Nnelonnl de Aprendizaje y Trabajo Industrial (SEHATD
PRESUPUESTO S)E INVERSION
Programa 2052: Inversión Real Jefatura Uesix'iuuble: Dilección Nacional
General de División EP JUAN VELASCO AT,VARADO. General de División EP, ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.
Teniente General FAP., ROI,ANDO GILAKDI RODRI
GUEZ.
Vire Almirante AP LUIS E. vargas caballero. General de División EP. FRANCISCO MORALES DClt-
mudez cerkuttl
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.