Tipo de Norma: Ley
Número: 19558
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19558Amplían el Presupuesto Bienal para dotar de fondos necesarios al Sistema de Defensa Civil
47,233.00
350,000.00
B/. 2 379,786.40
Partidas: 07.00 Obras
99405,577.00 1*725,000.00 _25*000,000.0®
P ERNESTO MONTADME SAN-
600,100.00
120,000.00
17)38,400.00
34,003.00
DECRETO LEY N 19558EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO HA DADO EL DECRETO LEY SIGUIENTE:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO*
Que por Decreto Ley N* 19338 se «rea e! Sistema de Defensa Civil integrante de la Defensa Nacional, con la finalidad de proteger a la población, proporcionar ayuda oportuna y adecuada, prevenir daños y asegurar su rehabilitación en casos de desastre o calamidades de toda índole;
Que es necesario dotar al Sistema de Defensa Civil de los recursos financieros que le permitan cumplir con loe objetivos que le señala el Decreto Ley de su creación, mediante un sobregiro transitorio y recursos provenientes de aportes y donaciones;
Estando a lo Informado por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General del Presupuesto Público y de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 42* del Decreto
Ldy N* 18700;
En uso de las facultades de que está investido;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministro®;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
ARTICULO 1*— Ampliase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972 en la suma de DIEZ MI
LLONES TRESCIENTOS SE SENTI CINCO MIL TRESCIENTOS SESENHTRES Y 60/100 SOLES ORO (S/. 10*365.363.60) según el siguiente detalle:
VOLUMEN I: Gobierno Central e Instituciones Públicas Descentralizadas TITULO I; INGRESOS CAPITULO V: Ingresos por Transferencias 1: Internas
Partida 408 A: Aportas y Donaciones 8/. 10*365583.60
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TITULO H: EGRESOS
SECTOR 04: Interior
PLIEGO 01: Ministerio del Interior
PRESUPUESTO DE OPERACION:
Programa 0313: Sistema de Defensa Civil (APERTURA) Jefatura Responsable: Secretaria Ejecutiva del Comité Nacional de Defensa Civil.
Partida:
04.00 : Transferencias Corrientes
— Destinada a zonas declaradas en estado de emergencia S/.
articulo Autorizase al Ministerio de Economía y Finanzas a otorgar por excepción, un sobregiro hasta por la suma de CIENTO DIECIOCHO MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL TRESCIENTOS TRECE Y 40/100 SOLES ORO <S/. 118*510513.40), a favor del Pliego Ministerio del Interior, según el siguiente detalle:
TITULO II: EGRESOS
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PLIEGO 01; Ministerio del Interior PRESUPUESTO DE OPERACION:
Programa 0313: Sistema de Defensa Civil Jefatura Responsable; Secretaria Ejecutiva del Comité Nacional de Defensa Civil Partidas:
01.00 Remuneraciones
02.00 Bienes
03.00 Servicios
04.00 Transferencias Corriente*
06.00 Intereses y Comisiones
08.00 Compra, de Bienes de Capital Nuevo
PRESUPUESTO DE INVERSION*
Programa 0330: Rehabilitación y Reconstrucción (APERTURA)
'Jefatura Responsable: Secretaria Ejecutiva de Comité Nacional de Defensa Civil.
- Obras de emergencia por encargos Sector Agricultura Sector Energía y Minas Sactor Transoortes y Comunicaciones
S/. 116130,577.00 ss i as --- ; *
ARTICULO 3V— El Ministerio <M Ulterior aprobará pof Resolución Ministerial los Presupuesto* Analíticos correspondientes y los remitirá en un plazo de treinta días contados 0 partir de la aprobación del presente Decreto Ley, a los organismos que señala el Articulo 9* del Decreto Ley N* 18700.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis dfaO-del mes de Setiembre de mil novecientos setentidos.
General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la Repúblca.
General de División EP ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Minlstroa y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP ROLANDO. CHLARDI RODRÍGUEZ, Ministro de-Aeronáutica.
Vico Almirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.
Teniente General FAP PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.
General de División EP ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.
General de División EP ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro, de Agricultura.
General de División EP FRANCISCO MORALES XH5R-MUDEZ CERRUTTL Ministro de Economía y Finanzas.
General de Brigada EP ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones,
General de Brigada EP JORGE FERNANDEZ MALDO-NADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas,
General de Brigada EP JAVIER TANTALEAN VAMNI, Ministro de Pesquería.
Mayor General FAP FERNANDO MIRO QUE*ADA BA-HAMONDE, Ministro de Salud.
Contralmirante AP RAMON AftftOSPfiME MEJIA, Ministro de Vivienda.
Contralmirante AP ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio.
General de Brigada EP PEDRO RICHTER PRADA, Ministro del Interior, Encargado de la Cartera de RR. EE.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 28 de Setiembre de 1972.
General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO.
General de División CHEZ.Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRI-QIJEZ.
Vlce Almirante AP LUI8 E. VARGAS CABALLERO. General de División EP FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTL
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.