Tipo de Norma: Ley
Número: 19355
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19355Aprueban el Convenio de Crédito suscrito entre el Perú y Bulgaria
DECRETO LEY N 19355EL. PRESIDENTE D&
LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto - Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Que con fecha 4 de Junio de 1971, se suscribió en Lima, entre los Gobiernos de la República del Perú y de la República Popular de Bulgaria, un Convenio de Crédito a largo plazo por un monto de Diez Millones de Dólares Americanos (US $. 10’000,000. 00), con una Tasa de Interés Simple Anual del 2.5%, pagadero en un plazo de 12 años, podiendo efectuarse las amortizaciones en productos pe-' rúanos tradicionales o no tradicionales;
Que es conveniente a los Intereses nacionales la aprobación de dicho Convenio;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente;
Artículo Unico. — Apruébase el Convenio de Crédito a largo plazo, suscrito entre los Gobiernos de la República del Perú y la República Popular de Bulgaria, en Lima, el 4 de Junio de 1971, por el monto de diaz millones de dólares americanos (US $. ÍO’OOO.OOO.OO).
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once dlag del mes de Abril de ínil novecientos setenlidós.
General de División E.P., JUAN VELASCO ALVARA-DO, Presidente de la República.
General de División E.P., ERNESTO MONTADME SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General F.A F., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aero, náutica.
Vice-Almirante AP., LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.
Teniente Oeneral F.A.P., PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.
General de División E. P. ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.
General de División E.P. ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.
General de División E. P., FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CEIlltU-TTI, Ministro de Economía y Finanzas,
General de Brigada E. P.,
ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de
Transportes y Comunicaciones, Encargado de la Cartera de Pesquería.
General de Brigada E.P., JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.
Mayor General FAP., FERNANDO MIRO QUESADA BAIIAMONDE, Ministro do Salud.
Contralmirante AP. RAMON ARROSPIDE MEJIA, Ministro de Vivienda, Encargado de la Cartera dé Industria y Comercio.
Géneral de Brigada E. P. PEDRO RICIITEIt PRADA, Ministro del Interior Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores.
POR TANTO;
Mando se publique y cumpla.
Lima, 11 de Abril de 1972.
General de División E.P., JUAN VELASCO ALVARA-DO.
General de División E. P., ERNESTO MONTAG-NE SANCHEZ.
Teniente General F.A.P., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.
Vlco-Ahniranto AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO.
General de Brigada E. P., PEDRO RICIITER PRADA, Ministro del Interior, Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.