Ley Nº 19303

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Número: 19303


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 19303

Todas las empresas estatales tendrán un Directorio

DECRETO LEY N 19303

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley «ieuiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO:

Que el rol desempeñado por el Sector Público en la economía hace necesario que se norme la acción empresarial del Estado a fin de garantizar su eficiencia:

Que mientras se concluyan tos estudios referentes al Decreto—Ley de la Actividad Empresarial del Estado, resulta necesario normar su organización administrativa:

En uso de las facultades de que está investido; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros:

Ha dado el Decreto—Ley Siguiente:

Artículo 1. — Todas las empresas estatales tendrán Directorio. su composición, número, duración y atribuciones será establecido en los estatutos de cada empresa.

Artículo 2’. — Dentro del término de noventa días las empresas estatales deberán adecuarse a lo que dispone el articulo precedente.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de Febrero de mil novecientos se ten-tidós.

General de División EP., JUAN VELASCO ALVARA-DO, Presidente de la República.

General de División E.P., ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Vlce-AImirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina. Encargado de la Cartera de Aeronáutica .

Teniente General FAP., PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo

General de División EP,, ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.

General de División EP, ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.

General de División EP, FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas

General de Brigada EP., ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro do Transportes y Comunicaciones.

General de Brigada EP., JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI. Ministro de Energía y Minas.

General de Brigada E.P., JAVIER TANTALEAN VA-NINI, Ministro de Pesquería.

Mavor General FAP., FERNANDO MIRO QUESADA BAHAMONDE, Ministro de Salud.

Contralmirante AP. RAMON ARROSPIDE MEJIA, Ministro de Vivienda.

Contralmirante AP.. ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio.

General de Brigada EP.. MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada EP., PEDRO RICHTER PRADA, Ministro del Interior,

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Litna. 29 de Febrero de 1972,

General de División EP., JUAN VELASCO ALVARA-DO,

General de División E.P., ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.

Vice-Almirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO Ministro de Marina. Encargado de la Cartera de Aeronáutica.

General de División E P., ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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