Tipo de Norma: Ley
Número: 18733
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18733Amplían Presupuesto del Servicio de Empleo y Recursos Humanos del Ejercicio Presupuestal de 1970
DECRETO LEY N* 18733 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha. dado «I Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARLO
CONSIDERANDO:
Que, es necesario ampliar el Presupuesto Funcional para el año 1070 en el Sub-Titulo II, Sector Trabajo, Pliego del Servicio del Empleo y Recursos Humanos para poder hacer vic ble el pago al Seguro Social del Empleado así como para poder solventar gastos de Bienes y Servicios indispensables para el funcionamiento de ese Organismo Público Descentralizado. para los que se consideró sumas insuficientes en el Presupuesto Analítico aprobado para el año 1970;
Que, dicho organismo ha generado recursos propios por la venta de publicaciones editadas en sus propias máquinas impresoras y por multas impuestas a empresas que no han cumplido en proporcionar las Informaciones solicitadas en la realización de investigaciones y encuestas de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Supremo N’ 007 de 17 de Mayo de 1965 y Resolución Ministerial N’ 490 de 23 de Agosto de 1968;
Que, el mencionado Decreto Supremo dispone que dichas multas se destinarán a un fondo especial para. Incrementar las partidas del Presupuesto del Servicio del Empleo y Recursos Humanos, destinadas a investigaciones y encuestas;
De conformidad con lo establecido en los Artículos 57’ de la Ley Nv 14816, Orgánica del Presupuesto Funcional de la República y 29’ y 74’ del Decreto-Ley N* 18088, Anual del Presupuesto Funcional de la República en vigencia y lo informado por la Dirección General del Presupuesto Público;
En uso de las facultades de que está investido: y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Artículo Unico. — Amplíase el Presupuesto del Servicio del Empleo y Recursos Humanos para el ejercicio presupuestal de 1970, en Ja suma de Doscientos Cincuenta Mil y 00/100 Soles Oro tS/. 250,000.00) según el siguiente detalle:
INGRESOS
TITULO I: Ingresos del Sector Público Nacional SUB-TITULO II: Ingresos de Organismo» Público*
Descentralizados
CAPITULO 3: Recursos Propios
1.—Venta de Bienes Corrientes y Servidos — _ 30,000
4.—Multas y Análogos ......... „ 220,000
Dado en la Casa de Gobierno, en Urna, a los doce días del mes de enero de mil novec’entos setenta, y uno.
General de División EP., JUAN VELASCO ALVARADO, Presidmte de la R“oúb11ca.
General de División EP.,. ERNESTO MONTA GNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministro» y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vlee-Almirante AP., MANUEL S. FBRNANDBZ CA8TRO,
Ministro de Marina. _
General de División EP. EDGARDO MERCADO JARRIN,
Ministro de Relaciones Exteriores.
Teniente General FAP., PEDRO SALA OROSCO, Ministro
de Trabajo. _____
General de División EP., ALFREDO ARR1 SUENO CORNEJO, Ministro de Educación
General de División EP., ARMANDO ARTOLA AZCARA-TE, Ministro del Interior.
Contralmirante AP. JORGE DELLEPIANE OCAMPO,
Ministro de Industria y Comercio.
Contralmirante AP. LUIS B. VARGAS CABALLERO,
Ministro de Vivienda. _
Mayor General FAP. ROLANDO CARO CONSTANTINO
Ministro de Salud.
General de Brigada EP., FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CEHRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.
General d© Brigada EP. JORGE BARANDIARAN PAGADOR, Ministro de Agricultura.
General de Brigada EP. ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS. Ministro de Transportes y Comunicgciones.
General de Brigada EP. JORGE FERNANDEZ MALDO-NADO 80LARI, Ministro de Energía y Minas.
General de Brigada EP. JAVIER TANTALEAN VANINI,
Ministro de Pesquería.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 12 de enero de 1971.
General de División EP .JUAN VELASCO ALVARADO. General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ»'
Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ
Vice-Almirante AP M*NU*L S. FERNANDEZ CASTRO. General de Brigada EP. FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERKUTTL
TOTAL: S/. 250,000
EGRESOS
VOLUMEN 11 — Organismos Públicos Descentralizados SECTOR 06 — Trabajo
PLIEGO — Servicio del Empleo y Recurso* Humanos Partidas:
2.0.0 2 3.4
2.4.8 2.5.1 3.5.4 2.10.t
Bienes y Servicios no Personales Comunicaciones............... . Bf.
Combustibles, Carburantes y Lubricantes „
Mobiliario y Enseres...... ... ... m
Equipo Mecánico de Oficina ......... «
Otros...... ... ... ,«» „« ■■
2,0005.000
24.000
27.000
8.0004.0.0 Transferencias
4.1.5 Al Seguro Social del Empleado ...„ 184,000TOTAL: S/. 250,000
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.