Tipo de Norma: Ley
Número: 18726
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18726Autorizan a Economía transferir Partidas en Pliego de Vivienda
DECRETO LEY N* 1 «2*
KI. PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
Kl Gobierno Revolucionario hJt dada el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, es propósito del Gobierno Revolucionario dotar a los Organismos Públicos de los medios económicos que permitan prestar con mayor eficiencia los. servicios a la comunidad.
Que, dentro del Sector Vivienda, las necesidades correspondientes a 1» Administración General del Ministerio ae han venido Incrementando por la amplitud de fundones propias del Sector:
Que. por 1o expuesto, se requiere dotar al Ministerio de Vivienda de un taller propio de reparaciones y mantenimiento de vehículos que satisfaga sus reales necesidades, recmnlnzando al actualmente en uso por el cual se paga alquileres: con la finalidad de permitir una mejor conservación del equipo de transporte a su Berrido;
Que, para tal fin se cuenta con el terreno adecuado propiedad del Ministerio de Vivienda; y Be dispone de saldos en las Partidos 1.0X1 Remuneraciones, 2.0.0 Bien» y Servicios no Personales y 4.0.0 Transferencias del Programa 1701 “Administración General”;
Que, además es necesario aperturar la Partida 4.2.6 ‘ Subsidios o Subvenciones” del Programa en mención, con la finalidad de otorgar una dotación para el R)rum sobre Vivienda organizado por el Colegio de Ingenieros del Perú, el mismo que obtendrA conclusiones y recomendaciones que contribuyan a plantear soluciones al gravo problema de la vivienda;
Que, asimismo es conveniente efectuar por excepción la transferencia de las partidas especificas correspondientes a Ja genérica 1.0.0 Remuneraciones a las partida» específica» de otra» genérica» que necesitan mayores recurso» financiero*.
De conformidad con. lo establecido en loa artículo» 16* y 20 de) Decreto-Ley N 18088 Anual del Presupuesto Funcional de la República en vigencia y en armonía con lo establecido por el inciso 4 del Articulo 52 de la Ley N* 14810;
Estado a lo Informado por la Dirección General del Presupuesto Público;
En uso de las facultades de que está Investido; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Articulo Unico.— Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas para efectuar la Transferencia de Partidas en el Pliego 18- Ministerio de Vivienda - del Presupuesto Funcional del Gobierno Central en vigencia hasta por la suma de Un Millón Novecientos Veinte Mil 004100 Soles Oro <S/. r920,000.00) según el siguiente detalle:
SECTOR 08 - Vivienda PLIEGO 18 - Ministerio de Vivienda Programa 1701: Administración General Asignación II
Unidad Ejecutora 01: Dirección General de Administración Pe las Partirla*:
A la* Partidas:
2.5.9 Equipos y Herramientas pora Talleres ... S/. 3354)00
3.2.1 Obras por Contrata (Taller de Reparaciones y Manten!miento del Ministerio de Vivienda ........................... „ 1’475,000
441.8 Subsidio» o Subvenciones (APERTURA)
Para el Forum de Vivienda organizado
por el Colegio de Ingenieros del Peni ... „ 50,000
TOTAL ... ... 34, 1-920,000
ftado en la Casa de Gobierno, en Urna, a los doce día» del mes de Enero de mil novecientos setenta y «no.
General de División EP. JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República.
General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministro* y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aereci&uticn.
Vlce-AImirante AP. MANUEL & FERNANDEZ CASTRO Ministro de Marina.
General de División EP. EDGARDO MERCADO JA-RR1N, Ministro de Relaciones Exteriores.
Teniente General FAP. PEDRO SALA OROSCO, Mtate-tro de Trabajo.
General de División EP. ALFREDO ARRISUENO CORNEJO, Ministro de Educación.
General de División EP. ARMANDO ARPOLA AZCA-ItATF, Ministro del Interior.
Contralmirante AP. JORGE DELLEPIANE OCAMPO, Ministro de Industria y Comercio.
Contralmirante AP. LUIS VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.
Mayor General FAP. ROLANDO CARO CONSTANTINO Ministro de Salud.
General de Brigada EP. FRANCISCO MORALES C*. RRUTTI. Ministro de Economía y Finanzas.
General de Brigada EP. JORGE BARANDIARAN PAGADOR, Ministro de Agricultura.
General de Brigada EP. ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Oeneral de Brigada EP. JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.
General de Brigada EP. JAVIER TANTALEAN VANINI, Ministro de Pesquería.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima. 12 de Enero de 1971.
General de División EP. JUAN VELASCO ALVARADO
General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ
Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRÍGUEZ
Vice-Almlrante AP. MANUEL 8. FERNANDEZ CASTRO
General da Brigada EP. FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI
170.000 12.000
40.000
35.000
43.000
300.000
420.000
800.000 100,000
1.1.1 Del Personal Permanente ......... 3/.
1.1.2 Del Persona] Contratado............ „
1.3.0 Remuneración Personal ... ......... „
1.443 Directorio........................ „
1.6.0 Remuneración Transitoria No Pensiona-
ble ............... w
2.9.4 De Equipos....................... „
4.1.2 A! Seguro Social del Empleado ... ... »
4.2-2 Pensión de Montepío...........- ... »
4.2.3 Indemnizaciones............ ... ...
TOTAL
S/. 1-920,000
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.