Ley Nº 18666

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 18666

Aplicarán Partidas Especificas en actual ejercicio presupuestaI

DECRETO LEV N* 18666

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO:

Que es imprescindible regular el gasto público dictando determinadas medidas adicionales para el mejor cumplimiento de los Calendarios de Gastos, durante la parte final del Ejercicio Presupuestal vigente;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Articulo 1—A partir de la promulgación del presente Decreto-Ley y hasta el término del ejercicio presupuestal vigente, la aplicación de las partidas que se indican, se regirán por las disposiciones siguientes:

a) Las partidas especificas de la Genérica 1.0.0 no serán afectadas con nuevos compromisos, no pudiendo contratarse ni promoverse personal salvo excepcionalmente en casos debidamente justificados y con acuerdo del Consejo de Ministros;

b) Las siguientes partidas especificas de la Genérica 2.0.0 no serán afectados con nuevos compromisos, bajo responsabilidad de los funcionarios que lo autoricen:

Partidas: 2.4.14 — 2.5.1 — 2.5.4 — 2.5.5 — 2,5.10 — 2.5.11 — 2.5.14 — 2.5.1 — 2.6.2 y 2.6.4.

c) Las partidas específicas 2.5,2 —• 2.5.6 — 2.5.7 — 2.5.9 — 2.5.12 y 2.5.13, únicamente podrán ser afectadas con nuevos compromisos, en caso excepcional y debidamente justificado por Resolución Suprema.

Artículo 2* — Autorízase a la Dirección General de Tesoro Público a solicitar, en los casos que lo juzgue necesario, la documentación comprobatoria del compromiso que se hubiere efectuado con anterioridad a la dación del presente Decreto-Ley,

Artículo 3—El presente disiKtsilivo no es aplicable a las Empresas Públicas ni a los Gobiernes Locales.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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