Ley Nº 18653

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Número: 18653


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 18653

En S/. 22029,770.39 amplían

al Presupuesto Funcional del Gobierno Central 1970DECRETO LEY N» 18653 RL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

por cuanto:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley *i-guíente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

ASIGNACION: XVI

Bub-Pliego: 02-Programas Operativos de Salud-Programa: 1003-Programas Especiales.

Bub-Programa: 02-Construcciones, Equipamiento y Mantenimiento de Locales de Salud.

Unidad Ejecutora: 02-Dirección del Programa de Construcciones, Equipamiento y Mantrr imiento de Locales de Salir!.

Unidad de Operación: 0002-Dirección General de Administración.

Que, el Ministerio de Salud ha revertido al Pondo General del Tesoro Público la suma de S/. 22’029,770.39, por concepto de saldos no utilizados en ejercicios anteriores;

Que, han resultado deficitarias Las partidas 1.7.0, 2.5.2, 2.7.3, 2JL1.0, 4.6.0 del Programa 1000 — Administración Central y 2.7L, 2.7.4 del Programa 1003 — Programas Especiales, del Pliego correspondiente;

Que, no obstante la prohibición de ampliar la Partida

1.0.0 — “Remuneraciones” según lo dispuesto en el Artículo 22 del Decreto-Ley N 18088, Anual del Presupuesto Funcional de la República en vigencia; por excepción es necesario ampliarla;

Estando a lo informado por la Dirección General dol Tesoro y la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;

De conformidad con lo establecido en el Artículo 29^ del Decreto-Ley N 18088, Anual del Presupuesto Funcional de la República para 1970;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Artículo 1. — Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas para ampliar el Presupuesto Funcional del Gobierno Central-para 1970, hasta por la suma de Veintidós Millones Veintinueve Mil Setecientos Setenta y 39/100 Soles Oro CS/. .22*029,77029), según el siguiente detalle:

Partidas:

2.0.0 Bienes y Servicios no Personales

2.7.0 Mantenimiento, Repuestos y Seguros

2.7.1 Mantenimiento de

Inmuebles...... 17)00,000

2.7.4 Mantenimiento y Repuestos de

Otros Equipos . . 1*500,000 **500,000.00 **500,000.00

TOTAL! ................ 8/. 22*029,77039

Artículo 2». — Exceptúase de lo dispuesto en él Articulo 22 del Decreto-Ley Nv 18088, la parte pertinente de'la ampliación a que se reílere el Articulo anterior.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del meo de Noviembre de mil novecientos setenta.

General de División 2TP., JUAN VELASCO ALV ARADO, Presidente de la República.

General de División »P., ERNESTO MONTA GNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General PAP. ROLANDO GIL ARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica,

SECTOR: 04 — SALUD

PLIEGO : 11 — Ministerio de Salud

TITULO PRIMERO

Ingresos del Sector Público Nacional Sub-Titulo I

Ingresos del Gobierno Central

Vlce-Almlrante AP., MANUEL 8. FERNANDEZ CASTRO, Ministro de Marina.

General de División EP. EDGARDO MERCADO JARRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.

Mayor General PAP. PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.

TITULO SEGUNDO

Egresos

EECTOR

PLIEGO

ASIGNACION

Sub-Pliego

Programa

Súb-Programa Unidad Ejecutora Unidad de Operación

T o

• lll

CAPITULO I

Fondo General del Tesoro

5.— Ingresos Inclasificables

175.— Ingresos Inclasificable* S/. 22*029,770.39

04 — SALUD

11— Ministerio de Salud

I

01 — Administración Central 1000-Admlnlstraclón Central

00

01 — Dirección Superior . 0002-Dlrección General de Administración.

Partidas:

1.0. 0 Remuneraciones

1.7.0 Créditos Devengados por

Remuneraciones 1*858,77039

2.0. 0 Bienes y Servicios no

Personales

General de Brigada E P. ALFREDO A RUT SUENO CORNEJO, Ministro de -Educación.

General de Brigada E.P., ARMANDO ARTO LA AZCA-RATE, Ministro del Interior.

Contralmirante AP, JORGE DELLEPIANE OUAMPO, Ministro de Industria y Comercio.

Contralmirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO. Ministro de Vivienda.

Mayor General FAP. ROLANDO CARO CONSTANTINI, Ministro de Salud.

General de Brigada EP., FRANCISCO MORALES BEIt-MUDEZ CERRUTTI, Ministro de P',jn'"~»4.a y —s.

General de Brigada EP. ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Trrnsport'^s y Ccmunlc'* rlonzü.

General de Brigada EP. jorge Fernandez maldo-NADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.

General de Brigada EP.-JA VISE TANTALEAN VANINI, Ministro de Pesquería, Encargado de la Cartera de Agricultura.

POR TANTO:

Mando se publique

Urna, 24 de Noviembre de 1S70.

3.5;0

2.5.a

Compra de Equipos y Maquinarias. Vehículos de Trans

porte

2.7.3 Mantenimiento

2.11.0

Repuestos de Equipos de Transporte Créditos Devengados por Bienes y Servicios no Personales ..........

General de División EP JUAN VELASCO AL VARAD O.

General de División EP, ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.

Teniente General PAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ,

/ice-Almirante AP MANUFL S. FERNANDEZ CASTRO.

__General de Brigada EP. FRANCISCO MORALES BE&~

MUDEZ CEBKVm

4*180,000 11*230,000.00

6*441,000.00 18*529.770.39

4.0.0 Transferencias 4.6.0 Créditos Devengados y Reconocidos por Transferencias



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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