Tipo de Norma: Ley
Número: 18651
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18651El Ministerio de Economía amplía el Presupuesto en el Pliego del Interior para 1970
DECRETO LEY N* 18851 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-I^y d-guíente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO:
Que, el aumento de atenciones facultativas y otros ser» vicios que presta el Hospital de Policía a los Miembros ds las Fusrzss Policiales, asi como la regularización y continuación de obras complementarias en el local del citado nosocomio, requieren de mayores recursos financieros que no han sido presupuestados en el presupuesto vísente;
Oue, es conveniente asegurar el normal funcionamiento del HosDital Central de Policía y la atención de obligaciones pendientes, asignándole los fondos indispensables* mediante la ampliación del Presupuesto Funcional del Gobierno Central para 1970;
Que, existen los recursos necesarios provenientes del mayor rendimiento de los Ingresos Propios del citado Hos-
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De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 67’ Inciso 3’ da la Ley Nc 14316, Orgánica del Presupuesto Funcional de la República, y Artículo 29’ del Decreto-Ley N* 1C083, Ley Anual <Jel Presupuesto Funcional vigente;
Estando a lo informado por la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Articulo Unico. — Autorizase al Ministerio de Economía y Finanzas para ampliar el Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 1970, Pliego del Interior, hasta por la srma de Seis Millones Quinientos Mil Soles Oro <S/. 6’!90,000.00), en la forma siguiente:
Título I — Ingresos del Sector Público Nacional Eub-Título I — Ingresos del Gobierno Central Capítulo 3 Recursos Propios
1. Ingresos no Tributarios
2 Tasas
4 Sanitarias 200 Interior
2. Ingresos Varios Hospital de Policía ... 8/. 6*5001)00.00
2.5.0
2.5.1 2.5.4 2.5.7 2.5.14
2.7.0
2.7.1
2.7.2
2.10.02.10.82.11.0S.0.0
8.2.03.2.2
Compra de Equipos y Maqninnrfas Mobiliario y Enseres Equipo Mecánico de Oficina.
Equipo de Laboratorio.
Otros.
Mantenimiento, Repuestos y Seguros
Mantenimiento de Inmuebles Mantenimiento de Mobiliario y Equipo de Oficina.
Otros gastos en Bienes y Servicios no Personales.
Otros.
Créditos Devengados por Bienes y Servicios.
Estudios y Obras por Contrata Administración.
120,000.00604,700.00
123,000.00
35,200.00
100,000.00:i
20,000.00204.000. 00
056.000. 00
Obras.
Obras
r Administración
2*017,100.00
S/. 6*500,000.00
er------ --
Dado en la Cesa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro dias del mes de Noviembre de mil novecientos setenta .
General de División EP, JUAN VELASCO AL VARAD O, Presidente de la República. *
General de División EP., ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP., ROLATÍbo GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
VI ce-Almirante AP, MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO, Ministro de Marina.
General de División EP., EDGARDO MERCADO JARRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.
Mayor General FAP, PEDRO SALA OBOSCO, Ministro de Trabajo.
General de Brigada EP, ALFREDO ARRISUENO CORNEJO, Ministro de Educación.
General de Brigada EP, ARMANDO ARTOLA AZCARA-TE, Ministro del Interior.
Contralmirante AP, JORGE DELLEPTANE OCAMPO, Ministro de Industria y Comercio.
Contralmirante AP, LUIS «L VARGAS CABALLERO; Ministro de Vivienda.
V'vtr G-------i FAP, ROLANDO CARO CON8T ANTINI,
Ministro de Salud.
General de Brigada EP, FRANCISCO MORALES BER-)ílirr7 t, .v’-^stro v Finanzas.
Título rt — Egresos Volumen I — Gobierno Central Piiego 04 — Ministerio del Interior Sub-Pliego 02 — Servicios Asistencia lea
Programa 0306 — Sanidad de las Fuer» zas Policiales.
Unidad Ejecutora — Dirección General de Sanidad de las Fuerzas Policiales.
General de Brigada EP, ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones,
General de Brigada EP, JORGE FERNANDEZ MALDO-
General de Brigada EP, JAVIER TANTALEAN VANINI, Ministro de Pesquería, Encargado de la Cartera de Agricultura.
2.0.0
2.4.0
2.4.1
Bienes y Servicios no Personales Materiales y Suministros
Alimentos para personas
*
800,000.00
2.4.3
Vestuario
40,000.00
2.4.7
Material fotográfico y fotografías
W
240,000.00
2.4.8
Material para Impresión.
#»
80,000.00
2.4.9
Medicinas y Materiales de Laboratorio.
m
800,000.00
2.4.14
Vajillas y Servido de cocina y
comedor.
m
180,000.00
2.4.15
Ropa de Cama.
180,000.00
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
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General de División EP, JUAN VELASCO ALVARADO. General de División EP, ERNESTO MONTAGNE 8AN-
Teniente General FAP, ROLANDO GSLARDI RODRI-
Vlce-Altóirante AP, MANUEL s. FERNANDEZ CASTRO, rauerrl de P-^ada EP, FRANCISCO MORALES BER-MX7DEZ CERRUTTL
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.