Ley Nº 1849

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 01849

Ros. Leg. 3V.° 1849

Indultando al penitenciado José de La Rosa Colunehe

Lima, 31 de octubre de 1913.

Excmo. señor:

El Congreso, en uso de la atribución qne le confiere el inciso 19 del artículo 59 de la Constitución, ha resuelto indultar al penitenciado José de la Rosa Co* lunche del tiempo que le falta para cumplir su condena.

Lo comunicamos á V. E para su conocimiento y demás fines.--Dios guarde á V. E.—Juan N. Ejléspühu, Presidente del Senado. — H. Füenten, 1er. Vicepresidente de la Cámara de Diputados. -/• Alfredo Picasso, Senador Secretario. -—Alberto Secada, Diputado Secretario.

Al Excmo Sr. Presidente déla República-

Lima, 5 de noviembre de 1913.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu blíquese y archívese.—Rúbrica de S. E.-" Paz-Soldán.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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