Ley Nº 18475

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Número: 18475


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 18475

AMPLIAN PRESUPUESTO FUNCIONAL DEL GOBIERNO CENTRAL PARA 1970

DECRETÓ-LEY NO 18475

CONSIDERANDO

Que, es necesario ampliar el Pliego de Vivienda del Presupuesto Funcional del Gobierno Central en vigencia con fondos provenientes de los recursos propios de la Oficina de

» * a .* •

Planeamiento y Desarrollo Urbano, a fin de aperturar las partidas necesarias no consideradas e - incrementar las que lian de resultar deficitarias;

De conformidad con lo dispuesto en el Art, 67<.» inciso. 3 de la Ley N 14616, Orgánica del Presupuesto Funcional de la República y los

Arts. 16 y 29 del DeCre¿o~Ley 18088, Anual del Presupuesto Funcional de la República en, vigencia;

Estando a lo informado por la Dirección General del Presupuesto Público del ^Ministerio de Economía y Finanzas;

En uso de las facultades de aue está in-vestido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo dé Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley sigtiiente:

Art. único.— Amplíáse. el Presupuesto Funcional del Gobierno Central para 1970 (en la suma de trescientos' mil y 00 1,00 soles oro S|. 300,000.00^ en la siguiente forma:

Título I: Ingresos del Sect¡or Público Nacional. Sub-Título T Ingresos del Gobierno' Central

Capítulo 3; Recursos Propios.

I: Ingresos no Tributarios.

t *

1: Venta de Bienes Corrientes y de Servicio. 193: Vivienda.

1: Venta de Formularios y Copias S|. Fotostáticas .. ...... .... .. *. 50,000,00

2 Tasas.

196: Vivienda.

■ * •

2 Derechos por Informes de Ubicación Industrial (apertura) .. ... 250.000,00

S|. 300,000.00



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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