Tipo de Norma: Ley
Número: 1834
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01834LEV \.= 1831
Elevando á la (‘alegoría de villa el pueblo de Sania Rosa, en la provincia de Ava viri
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley
Í£ruiente:
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.