Ley Nº 18092

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Número: 18092


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 18092

Junta del Acuerdo de Cartagena Podrá

Celebrar Contratos

DECRETO LEY N* 18092

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POS* CUANTO:

Gobierno Revolucionario «lado el Decrcto-|i<jy *1-fuieote:

El» GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno del Perú ha suscrito y ratificado el Acuerdo de Integración Sub-Reglonal (Acuerdo de Cartagena);

Que, en la reciente reunión de Cancilleres de los países miembros del referido Acuerdo, se ha tenido a bien designar a la ciudad de Lima como sede de la Junta;

Que la Comisión, órgano máximo del Acuerdo -de -Cartagena, por decisión N 2, ha delegado en la Junta, todas las facultades relativas « la celebración de actos y contra-ios indispensables para «4 cumplimiento de sus fines;

Que es necesario dictar las normas legales que permitan al referido organismo, hacer efectivas estas facultades dentro del territorio nacional;

En uso de las facultades de que esta investido; y Con el vóto aprobatorio del Consto de "Ministros;

lia dado el Decreto-Ley siguiente :

Articulo Unico.— La Junta del Acuerdo de Cartagena, por Intermedio de sus funcionarios debidamente acreditados, podrá celebrar toda, olase de notos y contratos que sean necesarios para eü normal desarrollo de {iqs actividades dentro del territorio de la República.

Dado en la Casa de Gobierno en Lima a 108 treinta dios del mes de Diciembre d« mil novecientos sesentlnueve.

General de División EP JUAN VF.LASCO ALVAUA-DO, Presidente de la República.

General de División EP ERNESTO MONTAGN* SANCHEZ, Presidente de) Consejo de Ministro* y Ministro de Guerra

en la República

Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice-Almlrante AP. ENRIQUE CARBONEL CRESPO,

Ministro de Marina.

Mayor General F. A. F.

EDUARDO MONTERO ROJAS, Ministro de Salud.

General de Bridada EP.

EDGARDO MERCADO JA-RRIN. Ministro de Relacione* Exteriora*.

General de Brigada EP ALFREDO ARRISUEÑO CORNEJO, Ministro de E-ducación.

General de Brigada E. P.

ARMANDO ARTOLA AZCA-RATE, Ministro del Interior.

Mayor General FAP. JORGE CIIAMOT BIGG8. Ministro de Trabajo.

Contralmirante AP. JORGE DELLEPXANE OCAMPQ.

Ministro de Industria y comercio.

Contralmirante AP. LUIS VARGAS CABALLERO» Ministro de Vivienda.

General «te Brigada E. P,

FRANCISCO MORALES BEBNIIDEg CEIUUJTIT,

Ministro de Economía y Fi-jn onzas.

General de Brigada SP.

JORGE BARANMARAN PAGADOR, Ministro de Agricultura y Pesquería.

General de Brigada EP.

ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportea y Comunicaciones.

General de Brigada KF.

JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.

POR TANTO:

Mando se publique j eum-pla.

Lima, 30 de Diciembre de 1909.

General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO

General de División EP.

ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ

Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ

Vice-Almlrante AP. ENRIQUE CARBONEL CRESPO.

General de Brigada EP.

EDGARDO MERCADO lá*

RUIN.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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