Tipo de Norma: Ley
Número: 1798
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01798LEY N 1798
Subvención anual á la Compañía Peruana de Vapores y Dique del
Callao
EL PRESIDENTE DE LA PERUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la .República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1. Otórgase, á la Compañía Peruana de Vapores y Dique del Callao, una subvención anual de quince mil libras, durante veintinueve años, con la garantía que el Gobierno tenga á bien acordar.
Artículo 2.°—La subvención indicada de quince mil libras, es sin perjuicio déla subvención y demás concesiones y franquicias acordadas á la Compañía por leyes especiales.
Artículo 3.®—La Compañía Peruana de Vapores y Dique del Callao, está obligada á dar una tarifa proteccionista á los artículos nacionales de primera nece
sidad, teniendo en cuenta los similares extranjeros que son importados y favorecidos por otras compañías de navegación que vienen de mayores distancias al país y pagan menor tarifa.
Ei ganado mayor y menor, la mantequilla, quesos y vinos, están comprendidos también en dicha tarifa.
El Gobierno estudiará y revisará anualmente las tarifas de protección á que se refiere este artículo, con el fin de que se cumpla esta disposición.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para* que disponga lo necesario á su cumplimiento.
Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos doce.— Rafael Villanueva, Presidente del Senado.—J. de D. SalazarO., Presidente de la Cámara de Diputados._
Pedro Rojas Loayza, Secretario del Senado.— Arturo Rubio, Diputado Secretario.
Al Excmo.Sr. Presidente de la República-
Por tanto: mando se imprima, publique y circule, y se le dé el debido cumplí, miento.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los once días del mes de enero de mil
novecientos trece. — Guillermo E. Bi-lllnGtHurst .—B. JP. Maldonado.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.