Ley Nº 17809

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 17809

Oficiales de Veterinaria del Ejército en retiro p e r c i b i r án gratificaciones y las asignaciones al Grado inmediato Superior

Por error en la redacción de los originales del Decreto Ley No. 17809, publicamos en nuestra edición del sábado 13 el texto de dlclio Decreto Ley con un número que no correspondía. Hecha la corrección respectiva, reproducimos nuevamente el texto de la rilada Ley con lu debida numeración!

DECRETO LEY N* 17809

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR cuanto;

El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

considerando:

Que a tenor del Artículo 89 de la Constitución, las Leyes protegen por Igual a todos loa habitantes de la República;

Que los Oficiales de Veterinaria del Ejército con treln-ticlnco o más artos de servicios comprendidos en la Ley N* 6719 y que han pasado a la Situación de Retiro por Límite de Edad no perciben el haber del grado Inmediato superior;

Que esta situación constituye una disminución que debe eer subsanada;

En mo de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente;

Articulo Unico.—• Los Oficiales de Veterinaria del Ejército comprendidos en la Ley N* 6319, con treintlclnco o más años d servicios ininterrumpidos, qtie hayan pasado y pasen a la Situación de Retiro por Limite de Edad, percibirán desde la fecha, el haber, gratificaciones y asignaciones correspondientes al Grado inmediato superior.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de Setiembre de mil novecientos sesentimieve.

General de División EP JUAN VF.LASCO ALVARA-DO. Presidente de hi República .

General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Vice-Almlrantc AP. ENRIQUE CARBONEL CRESPO, Ministro de Marina.

Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

General de Brigada EP ARMANDO ARTOLA AZCA-RATE, Ministro del Interior,

General de Brigada EP EDGARDO MERCADO JA-RRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada EP. FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.

General de Brigada EP ALFREDO ARRI8UENO CORNEJO, Ministro de Educación .

Mayor General FAP, E-DIJARDO MONTERO RO> JAS, Ministro de Salud.

Mayor General FAP JORGE CHAMOT BIGGS, Ministro de Trabajo.

General de Brigada EP JORGE BARANDIARAN PAGADOR, Ministro de Agricultura y Pesquería.

Contralmirante AP JORGE CAMINO DE LA TORRE, Ministro de Industria y Comercio.

Genera] de Brigada EP ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

General de Brigada EP JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.

Contralmirante AP LUIS VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.

POR TANTO:

Mando s« publique y cumpla.

Lima, 12 de Setiembre de 1069.

General de División EP

JUAN VELASCO ALVARA-DO.

General de División EP ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.

Vlce-Almlrante AP. ENRIQUE CARBONEL CRESPO.

Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ,

General de División E.P, ERNE8TO MONTAGNE SANCHEZ,



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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