Ley Nº 1773

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 01773

Refc. Leg. N 1773

Despacho de subteniente á don Carlos M. Vargas

RAFAEL VILLANUEVA

PRESIDENTE DEL CONGRESO

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde á V. E.—Rafael Villanueva, Presiden-te del Senado.—J. de D. Salazar O.* Presidente déla Cámara de Diputados.— Pedro Rojas Loayza, Secretario del Senado.—Julio Abel Raygaday Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Por cuanto: el Congreso ha dictado la resolución siguiente:

Lima\ 30 de octubre de 1912.

Excmo. Señor:

El Congreso, en mérito de los antecedentes militares de don Carlos M. Vargas, y de que actualmente presta sus servicios en el Ejército con la clase de subteniente de infantería, ha resuelto que V. E. le expida despachos de esta clase con la antigüedad de 20 de abril de 1895, sin tener derecho á reclamar devengados.

Por tanto; y no habiendo sido promulgada oportunamente por el Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en’el artículo 71 de la Constitución, mando se imprima, publique, circule y comunique ai Ministerio de Guerra, para que* disponga lo necesario á su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, á los once días del mes de diciembre de mil novecientos doce.--Rafael Villanueva,

Presidente del Congreso.—Pedro Rojas Loayza, Secretario del Congreso.—Arturo Rubio, Secretario del Congreso,



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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