Ley Nº 17448

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 17448

Autorizan transferencia de partidas al M. de Hacienda

DECRETO LEI N» 17448 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que no habiéndose consignado en el Pliego de Hacienda y Comercio, Sub-Pliego I - Dirección y Administración General, programa XH - Comercio, Asignación N’ 12, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 1968, la Partida

2.9.4 “Arrendamiento de equipos”, es necesaria su apertura, dotándola de los fondos que requiera para atender al servicio a que está destinada;

Que para el fin indicado se puede tomar el saldo sin aplicación existente en la Partida N« 1,2.10, de la misma Unidad de Asignación, que no va a ser utilizado;

Que es procedente la transferencia por las razones expuestas y lo informado por la Dirección Nacional de Presupuesto y la Contraloría General de la República;

En uso de las facultades de que está investido; y.

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Artículo Unico.— Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efectuar la siguiente transferencia de partidas en su Pliego, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 1968, hasta por la suma de Treintidos Mil Soles Oro (S/. 32,000.00):

General de Brigada EP. JOSE BENAVIDES BENAVIDES, Ministro de Agricultura-

Mayor General FAP. JORGE CHAMOT BIGUS, Ministro de Trabajo y Comunidacee.

POR TANTO:

Mando se publique y cn .ipla» Lima, 18 de Febrero de '969.

urueiu ue uivision EP. JUAN VELASCO ALVARADO,

General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.

Vlce Almirante AP. ALFONSO NAVARRO ROMERO.

Teniente General FAP. ROLANDO GILARD1 RODRI-GUEZ.

General de División El*. ANGEL VALDIVIA MORRL BEBON.

SUB-PLIEGO I — Dirección y Administración General programa XII — Comercio

ASIGNACION N* 12 De la Partida»

U2-10 Compensación por cambio

de moneda — M _ .. S/. 32,000.00

A la Partida:

25.4 Arrendamiento de equipos,

(Apertura! — — —..... S/. 32,000.00

TOTALES: S/. 32,000.00 S/. 32,<

Dado en la Casa de Gobierno, en Urna, a los dieciocho dias del mes de febrero de mil novecientos sesentinueve.

General de División EP. JUAN VELASCO ALVARAbO, Presidente de la República.

General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Vice-Almirante, AP. ALFONSO NAVARRO ROMERO, Ministro de Marina.

Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

General de Brigada EP. EDGARDO MERCADO JARRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada EP., ARMANDO ABTOLA AZCARATE, Ministro de Gobierno y Policía.

Contralmirante A P. LUIS VARGAS CABALLERO, Ministro de Justicia y Culto.

General de División EP. ANGEL VALDIVIA MORRIBE-RON, Ministro de Hacienda y Comercio.

General de División EP. ALBERTO MAUDonado VANE Z. Ministro de Fomento y Obras Públicas.

General de Brigada EP. ALFREDO ARRISUEftO COR-NEJO, Ministro de Educación Pública.

Mayor General FAP. EDUARDO MONTERO ROJAS, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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