Tipo de Norma: Ley
Número: 17407
documento PDF
17407Autorizan transferencias de partidas en Gobierno y Policía
DECRETO LEY No. TM07 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo ha dedo el Decreto-Ley A» guíente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO:
Que ha resultado insuficiente la suma asignada a la Partida N9. 1.3.4 "Racionamiento” de los Programas I —• Despacho Ministerial, II — Dirección General de Gobierno y III — Dirección General de Economía, del Pliego de Gobierno y Policía, Unidades de Asignación Nos. 1, 2 y 3, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 19G8;
Que en cambio la Partida N9. 1.1.1 "Haberes básicos del personal permanente", del Programa II — Dirección General de Gobierno, Asignación N9. 2, dispone de saldo de libre aplicación que no va a ser utilizado;
Que es procedente la transferencia solicitada, de conformidad con lo dispuesto por el inciso 1 del articulo 529 de la Ley Orgánica del Presupuesto Funcional de la República N9. 14818, y lo informado por la Dirección Nacional del Presupuesto y la Contraloría General de la República; En uso de las facultades de que está investido; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto—Ley siguiente:
Artículo Unico.— Autorizase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliego de Gobierno y Policía, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 1968, hasta por la suma de CUATROCIENTÓS NOVENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTICUATRO SOLES ORO (S/. 490,444.00):
SUB-PLIEGO I — Dirscción y Administración Superior PROGRAMA II —> Dirección General de Gobierno ASIGNACION 2 —
De la Partida:
i 1.1 — Haberes básioos dd personalpermanente, .. .. S/. 459,444.00 TRO GRAMA I — Despacho Ministerial Asignación 1 — /
A la Partida:
1.3.4 — Racionamiento, M ...... S/. 31,025.00
PROGRAMA II — Dirección General de Gobierno Asignación 2 —
A la Tartida:
1.3 4 — Racionamiento........... S/. 280,569,00
PROGRAMA III — Dirección General de Economía Asignación 3 —
A la Partida:
1.3.4 — Racionamiento, „ .. » .. .. S/. 178,850.00
TOTALES: .. S/. 490,444.00 S/. 490,444.00
General de División EP. JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República
General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra
Vice-Almirante AP. ALFONSO NAVARRO ROMERO* Ministro de Marina.
Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ. Ministro de Aeronáutica
General de Brigada EP. EDGARDO MERCADO JA-RRIN, Ministro de Relaciones Exteriores
General de Brigada EP. ARMANDO ARTO LA ASCA-BATE, Ministro de Gobierno y Policía
Contralmirante AP. LUIS VARGAS CABALLERO. Ministro de Justicia y culto
General de División EP. ANGEL VALDIVIA morribb* RON, Ministro de Hacienda y Comercio
General de División EP. ALBERTO MALDONADO YA-NEZ, Ministro de Fomento y Obras Fúblicas
G3n:rai de Brigada EP. ALFREDO ARRISUEÑO CORNEJO, Ministro de Educación Fú'olica
Mayor General FAP. EDUARDO MONTERO ROJAS, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
General de Brigada EP. JOSE LENA VIDES BENAVIDES, Ministro de Agricultura.
Mayor General FAP. JORGE CHAMOT BIGGS, Ministro de Trabajo y Comunidades.
POR TANTO*.
Mando se publique y cumpla.
Lima, 4 de Febrero de 1969
General de División EP. JUAN VELASCO ALVARADO.
General de Divisón EP. ERNESTO MONTAGNE SAN' CHEZ.
Vice—Almirante AP. ALFONSO NAVARRO ROMERO Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.
General de Brigada EP. ANGEL VALDIVIA MORRI-BERON.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los c ua.tr <f dios d£l mes de Febrero de mil novecientos sesentlnueve.(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.