Ley Nº 17353

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 17353

Ampíícm Presupuesto de Ce::.

ele Saneamiento de Arequipa

170,605.00

Venta de bienea y servicio»

Transferencias...... ~~

Préstamos ... ... ...

Recurso» de balance

DECRETO LEY N* nws EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO:

Que es necesario ampliar el Presupuesto de la Corporación de Saneamiento de Arequipa para el año 1968, en la suma de S/. 37*712,204.00, provenientes de recursos propios» con el fin de que pueda atender al plan de extensión de los servicios de agua potable y desagüe en la ciudad de Arequipa y distritos aledaños y a la ejecución de diversas obras de impostergable necesidad:

Que la ampliación en referencia incrementará con las sumas que se indica. las Partidas Genéricas Nos. 2.0.0 "Gastos en Bienes y Servicios", 3.0.0 “Obras por Contrata y por Administración", 4.0.0 "Gastos de Transferencias" y 5.0.0 "Pagos Financieros", del Presupuesto de la Corporación de Saneamiento de Arequipa para el año 1968;

Que es procedente la mencionada ampliación, por la necesidad de regularizar la situación por la que atraviesa la mencionada Corporación, que dispone de recursos propios, para la extensión de los servicios de agua y desagüe en diversas ciudades del Departamento de Arequipa:

Que asimismo, la Dirección Nacional del Presupuesto y la Contrataría General de la República, han encontrado conforme el procedimiento a seguirse para la ampliación y modificación del Presupuesto de la Corporación de Saneamiento de Arequipa;

En \rao de las facultades de que eetá investido: g.

Con H voto aprobatorio del Consejo de Ministro»;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Articula Unico.—* AMPLIASE el Presupuesto de la Corporación de Saneamiento de Arequipa para 1968, en la suma de TREINTTSIETE MILLONES SETECIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS CUATRO SOLES ORO <&/. 3T712-204.00X, m la siguiente forma:

INGRESOS

ay. 5*009,400.00

„ 12*608,838.00

„ 13*274,100.00

- 2*819,886.00

Menos el reajuste efectuado en la Partida Genérica N*> 1.0.0 “Remuneraciones Personales" ^ ... .

TOTAL DE EGRESOS

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún lias del mes de diciembre de mil novecientos sesenttacha.

General de División EP. JUAN VELA8CO ALVARADO, Presidente de la República.

General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro d»

Ouerra.

Contralmirante AP. ALFONSO NAVARRO ROMERO. Ministro de Marina.

Teniente General FAP. rolando gilardi RODRT

GUEZ, Ministro de Aeronáutica.

General de Brigada EP. EDGARDO MERCADO JARRJN,

Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada EP. ARMANDO ARTOLA AZCARATE, Ministro de Gobierno y Policía.

Contralmirante AP. LUIS VARGAS CABALLERO, Ministro de Justicia y Culto.

General de Brigada EP. ANGEL VALDIVIA MORRIBE-

RON, Ministro de Hacienda y Comercio.

General de Brigada EP. ALBERTO MALDONADO YA-ÑEZ, Ministro de Fomento y Obras Públicas.

General de Brigada EP. ALFREDO ARRISUENO COR” NEJO, Ministro de Educación Pública.

Mayor General FAP. EDUARDO MONTERO ROJAS, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

General de Brigada EP. JOSE BENAVIDES BENAVIDES,

Minie tro de Agricultura.

Mayor General FAP. JORGE CHAMOT BIGG3, Ministro de Trabajo y Comunidades.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima. 31 de Diciembre de 1968.

General de División EP. JUAN VELASCO ALVARADO. General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SAN

CHEZ.

Contralmirante AP. ALFONSO NAVARRO ROMERO. Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRI

3rUEZ.

BERON.

S/. 37*712.204.00

TOTAL DE INGRESOS:

EGRESOS:

A 1m Partida» Genérica*!

í.o.o Gastos en Bienes y Servicios

2*617.907.00

3.0. 0 Obras por Contrata y por Adminis

tración ....................... „ 32*776,808.00

4.0. 0 Gastos de Transferencias ... ... „ 63.094.00

5.0. 0 Pagos Financieros **.. „ 2*434,000.00

J3A 37*891,809DO



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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