Tipo de Norma: Ley
Número: 17334
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17334Crean 3 plazas de Contador Público en Contraloría Gral.
DECRETO LEY N* 17334
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO:
CONSIDERANDO:
Que es necesario que la Contraloría General de la República disponga de mayor número de personal profesional capacitado, para la atención de la creciente demanda de auditorías por parte del Sector Público Nacional;
Que para el fin indicado es conveniente la creación de tres plazas de Contadores Públicos, cuyos haberes serán cubiertos con las economías que resulten de la supresión de otras plazas de menor categoría, cuyo servicio no es indispensable;
Que dichas creaciones son justificadas por la necesidad que tiene la Contraloría General de la República de contar con mayor número de personal profesional especializado para un mejor desempeño de las funciones a su cargo:
Que de conformidad con lo dispuesto por ei inciso 5 del artículo 6 de la Ley N 16960, Anual del Presupuesto Funcional vigente, y de a-cuerdo con lo informado por la Dirección Nacional de Presupuesto;
En uso de las facultades de que está Investido; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Articulo l9 — Créase en el Pliego de la Contraloría General de la República, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central, en vigencia, tres (3) plazas de Contador Público, con el haber mensual de S/. 5,725.00 cada uno, a partir del 1 de Enero al 31 de Marzo de 1969, con la suma total de S/. 51,525.00.
Artículo 29 — Suprímase en el Pliego de la Contraloria General de la República, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central, en vigencia, las plazas que a continuación se indica, y por las sumas correspondientes al período comprendido entre el Io de Enero al 31 de Marzo de 1969:
Una (1) Plaza de Oficial 69............... S/, 11,310.00
Dos (2) Plazas de Ayudantes 2dos. con el haber
mensual de S/. 2.474.00 cada uno ... „ 14.844.00
Cuatro (4) Plazas de Ayudantes 5tos. con el
haber mensual de S2.207.00 cada uno „ 26,484.00
S/. 52.638.00
Articulo 39 — Adiciónase a la Partida N 2.10.4 “Imprevistos” del Pliego de la Contraloría General de la República, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central, en vigencia, el saldo de S'. 1.113.00 proveniente de la diferencia resultante de la modificación presupuestaria en referencia.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún dios del mes de diciembre de mil novecientos sesentiocho.
General de División EP. JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República.
General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de
Guerra.
Contralmirante AP. ALFONSO NAVARRO ROMERO, Ministro de Marina.
Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
General de Brigada EP. EDGARDO MERCADO JARRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada EP. ARMADO ARTOLA AZCARATE, Ministro de Gobierno y Policía.
Contralmirante AP. LUIS VARGAS CABALLERO, Ministro de Justicia y Culto.
General de Brigada EP. ANGEL VALDIVIA MORRIBE-RON, Ministro de Hacienda y Comercio.
General de Brigada EP. ALBERTO MALDONADO YAÑEZ, Ministro de Fomento v Obras Públicas.
General de Brigada EP. ALFREDO ARRISUENO CORNEJO, Ministro de Educación Pública.
Mayor General FAP. EDUARDO MONTERO ROJAS, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
General de Brigada EP. JOSE BENAVIDES BENAVIDES, Ministro de Agricultura.
Mayor General FAP. JORGE CIIAMOT BIGGS, Ministro de Trabajo y Comunidades.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 31 de diciembre de 1968.
General de División EP., JUAN VELASCO ALVARADO.
General de División EP., ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.
Contralmirante AP. ALFONSO NAVARRO ROMERO.
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRÍGUEZ.
General de Brigada EP., ANGEL VALDIVIA MORR1BE-RON.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.