Tipo de Norma: Ley
Número: 17236
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17236Derogan Art. Izó de la Ley Anual dei Presupuesto para
e¡ Pte. Año 1963 - No. 16960
DECRETO Í>EY No. 17Z36
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El OoLiemu Revolucionarlo ha cuido el Decreto—Ley siguiente:
EL GOBIERNO RE/GLU-CIOX.'ARIO
CONSIDERANDO:
Que sesún lo dlswuecto per el aitfculo de la Ley NP 15037 deben destinarse a íi-t-M ríf» Reforma. Aerarla loa rcneióll loa explotaciones a-£ virolas o pecuario* que manejan b enes nfectnricu cuantío estime que e.tícw corren yvllcro da sufrtr menoscabo por ocios u om buenos de loa propietarios o tercetos. La medida ser-A ejecutada administrativamente ecn el auxilio de la íuerz.i pública si lucre necesario.
Dr. lo en la Casa de Gobierno. en Lima a lo. veintiséis días del mes de No-vumbve de mil novecientos
Gr l. Dn\ FP. JUAN VR-I.ASCO ALVAR ADO. Presidente de la República.
Gral. Dív. EP. ERNESTO IHONTAGNE SANCHEZ Prf».
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.