Tipo de Norma: Ley
Número: 17070
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17070Autorizan Transferencias
en el Pliego de Gobierno
DECRETO-LEY N9 17070
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO DE LA FUERZA
ARMADA.
CONSIDERANDO:
Que han resultado insuficientes las sumas asignadas a las Partidas Nos. 4.1.2. "Al Seguro Social del Empleado” y 4.2.3. “Indemnizaciones”, del Pliego de Gobierno y Policía, Sub-Pliego II —Orden Público y Social, Programa II —Guardia Republicana del Perú, Asignación N9 8, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central, en vigencia;
Que en cambio la Partida N9 1.1.1. —Haberes básicos del personal permanente—, de la misma Unidad de Asignación, Programa, Pliego y Presupuesto, dispone de saldo de libre aplicación que no va a ser utilizado;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 529 de la Ley Orgánica del Presupuesto Funcional de la República N9 14816 y el inciso 39 del artículo 69 de la Ley N9 16960, Anual del Presupuesto Funcional vigente;
De acuerdo con lo informado por la Contraloría General de la República y la Dirección Nacional del Presupuesto; y
En uso de las facultades de que está investido;
DECRETA:
Artículo Unico. — Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efectuar la siguiente transferencia de partidas en eí Pliego de Gobierno y Policía, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central, en vigencia, hasta por la suma de Un millón ciento siete mil soles oro (S/. 1*107,000.00):
General de División ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.
Contralmirante RAUL RIOS PARDO DE ZELA.
Teniente General FAP ALBERTO LOPEZ CAIJSILLAS.
General de Brigada ANGEL VALDIVIA MORRl-BERON,
SUB-PLIEGO II Social.
PROGRAMA II. cana tlcl Perú. ASIGNACION 8.
Orden Público y Guardia Republl-
s/,
s/.
De la Partida:
1.1.1. Haberes básicos del personal permanente .................. 1*107,000.00
57,000.00
1*050,000.00
A las Partidas:
4.1.2. Al Seguro Social del Empleado .
4.2.3. Indemnizaciones............
TOTAI.ES
s/. 1*107,000.00 1*107,000.00
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de octubre de mil novecientos sesentioeho.
General de División JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República.
General de División, ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Contralmirante RAUL RIOS PARDO DE ZELA, Ministro de Marina.
Teniente General FAP ALBERTO LOPEZ CAUSILLAS, Ministro de Aeronáutica.
General de Brigada EDGARDO MERCADO JARRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada ARMANDO ARTOLA AZCARA-TE, Ministro de Gobierno y Policía.
Contralmirante ALFONSO NAVARRO ROMERO, Ministro de Justicia y Culto.
General de Brigada ANGEL VALDIVIA MORRI-.BERON, Ministro de Hacienda y Comercio.
General de Brigada ALBERTO MALDONADO YA-ÑEZ, Ministro de Fomento y Obras Públicas.
General de Brigada ALFREDO ARRISUEÑO CORNEJO, Ministro de Educación Pública.
Mayor Gral. FAP EDUARDO MONTERO ROJAS, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
General de Brigada JOSE BENAVIDES IiENAVIDES, Ministro de Agricultura.
Mayor Gral. FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Trabajo y Comunidades.
POR TANTO:
Mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Lima, 11 de octubre de 1968.
General de División JUAN VELASCO ALVARADO.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.