Ley Nº 1698

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 01698

Ros. Lefl. N.* Um

Permiso á

ilon Cayetano A. Mostnjo para ejercer el carpo de cónsul

Lima, 16 de noviembre de 1912.

Excmo. señor.*

El Congreso, lia resuelto conceder al c i u d a d a ti o don Ca y e t a n o A. M o s I a j o e 1 ])ermi8ó que, en observancia de lo prescrito en el inciso 4.° del artículo 41 de la Constitución, solicita. )>ara aceptar y ejercer en la ciudad de Fimo el cargo de cónsul (pie le lia conferido Bu Magostad el Rey de los Belgas.

Lo comunicamos a V. E. para su conocimiento y demas fines—Dios guarde á V. E.—Ha*1 A el Villanueva, Presidente del Senado.—J. de D. Salazar 0., Presidente de la Cámara de Diputados.— Pedro Rojas Loayza, Senador Secretario.—Arturo Rubio, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Lima, 2 de diciembre de 1912.

Cúmplase, regístrese comuniqúese y publíquese.—Rúbrica de S. E.— Vnlera.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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