Ley Nº 1691

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1691


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 01691

Res. Ley. Nr ICO 1

Liberando de derechos á una efigie para Ja «Sociedad de María»

de Paita

Lima, 21 de noviembre de 1912.

Excino. Señor:

El Congreso lia resuelto que por la aduana de Paita se despache libre del pago de derechos una, efigie de la Virgen Santísima que debe importarse para el servicio religioso de la «Sociedad de Alaría», establecida en ese puerto.

Lo comunicamos á Y. E. para su conocimiento 3f demás fines.—Dios guarde á V. E.—Rafael Villanueva, Presidente del Senado.—Guillermo Rey, ler. Vice-Presidente de la Cámara de Diputados.—Pedro Rojas Loayza, Senador Secretario.—Julio Abel Raygada, Diputado Secretario.

ALExcmo, Sr. Presidente de la República.

Limai 2 de diciembre de 1912.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese y publíquese.—^Rúbrica de S. E.— Maído-nado.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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