Tipo de Norma: Ley
Número: 16658
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16658LEY N° 16658
Los hoteles, restaurantes y afines, regularizarán la aplicación del recargo del 3% adicional al 10% de servicio sobre las facturas por alojamiento y consumo efectivamente pagadas por el consumidor.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO .
EL CONGRESO HA DADO LA LEY SIGUIENTE :
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
HA DADO LA LEY SIGUIENTE
ARTICULO Io - Los hoteles, restaurantes y afines regularizarán la aplicación del recargo del tres por ciento (3%) adicional al diez por ciento (10%) de servicio sobre la facturas por alojamiento y consumo efectivamente pagadas por el consumidor, el que se distribuirá como sigue :
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.