Tipo de Norma: Ley
Número: 1660
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01660lies. Leg. N 1660
Indultando al penitenciado Francisco Grimaldo Cavero
Lima, 21 de noviembre de 1912.
Excmo. Señor:
El Congreso, en uso de la atribución que le confiere el inciso 19 del artículo 59 de la Constitución, ha resuelto indultar al penitenciado Francisco Grimaldo Cavero del tiempo que le falta para cumplir su condena.
Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demas fines.-—Dios guarde áV. E.---Rafael Villanueva, Presidente del Senado.—Guille fimo Rey, Primer vice-Presidente de la Cámara de Diputa, dos.—Pedro Rojas Loayza, Senador Secretario.—Julio Abel Raygada, Diputado Secretario.
Al Excmo. Sr. Presidente de la República.
Lima, 26 de noviembre de 1912.
Ciimplase, regístrese, comuniqúese y publíquese.—Rúbrica de S. E.—Moreyra.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.