Ley Nº 16499

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 16499

LEY N9 16499

Ha dado la ley siguiente:

•fransferencia de la partida por S/. 400,000.00 del Pliego de Agricultura, a las obras y Pliegos que se indica.

LUIS ALBERTO SANCHEZ Presidente del Congreso.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

ARTICULO UNICO.— Transfiérase la suma de Cuatrocientos mil soles oro (S/. 400,000.00) consignada en el Pliego de Agricultura, Sub-Pliego I, Programa I, Asignación N 1, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central para 1966, Partida 4.1.0.— Transferencias corrientes a otras entidades del Sector Público, Partida Sub-Ge-nérica 4.1.1.— Al Sub-Sector Público Independiente— “Para las granjas experimentales de Callayuc y San Andrés, de la Provincia de Cutervo, Departamento de Cajamarca”, en la siguiente forma:

Al Pliego de Salud Pública y Asistencia Social

Sub-Pliego I.— Administración General.— Programa I.— Dirección Superior.— Asignación N9 1.— Partida 4.1.0 Transferencias corrientes a otras entidades del Sector Público.— Partida Sub-Genérica 4.1.4 A los Gobiernos Locales:

—Al Municipio de Choros, Provincia de Cutervo: Para la atención de los servicios médicos y construcción de una Posta Médica Municipal........................ S/. 200,000.00

Al Pliego de Educación Pública

Sub-Pliego I.— Administración Nacional Programa III.— Administración General Asignación N9 3.

—A la Partida 3.2.0 Construcciones Escolares.— Primera

Región.

Para la Construcción del local de la Escuela de Varones

del Distrito de Pomahuaca (Jaén) ................. ” 50,000.00

—A la Partida 2.5.2. Equipos de Transportes.

Para la adquisición de un vehículo para el Colegio Nacional “Nuestra Señora de la Asunción", de Cutervo • • ” 50,000.00

Pliego de Agricultura

—A la Partida 3.2.0.— Constricciones.— Sub-Pliego II.—

Dependencias Técnicas, Programa I.— Administración de Aguas de Regadío.— Sub-Programa 2.— Conservación de Riberas y Desarrollo de Aguas.—

Asignación N9 8

Para las obras del canal de irrigación en Santa Rosa de

Querecotillo (Cutervo)......... .............. ” 100,000.00



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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