Ley Nº 16438

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 16438

LEY N’ 16438

Declarando el día 29 de enero del presente año, día Cívico en todo el Territorio Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.— Declárase el día 29 de Enero del presente año Día Cívico en todo el territorio nacional, debiéndose llevar a cabo en todos los pueblos de la República actos conmemorativos en celebración de los veinticinco años de la firma del Tratado de Río de Janeiro de Paz, Amistad y Límites.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintisiete días del mes de Enero de mil novecientos sesentisiete.

LUIS ALBERTO SANCHEZ, Presi-dente del Senado.

hNTONIO MONSALVE MORANTE Presidente de la Cámara de Diputados.

TEODORO BALAREZO LIZARZA-BURU, Senador Secretario.

OSCAR EDUARDO CARBAJAL SOTO, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de Enero de mil novecientos sesentisiete .

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Luis Alayza Escardó



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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