Ley Nº 1633

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1633


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 01633

Bes. Leg. IV r 1633

Exonerando de derechos á una efigie para el hospital

de Moliendo

Lima, 18 de octubre de 1912.

Excmo. Señor.

El Congreso ha resuelto exonerar del pago de los derechos de aduana la importación de una efigie destinada al culto en la capilla del hospital de Moliendo

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines. — Dios guarde á V. E.—Rafael Villanueva, Presidente del Senado.—J. de D. Salazar O., Presidente de la Cámara de Diputados.—Pedro Rojas Loayza. Senador Secretario.— Arturo Rubio, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República Lima, 20 de noviembre de 1912.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese y publíquese.— Rúbrica de S. E. — Maído-nado.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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