Ley Nº 1622

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1622


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 01622

LEY X 1622

Dividiendo el distrito de San José de los Chorrillos, de la provincia de Huarochiri

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la siguiente:

El Congreso de la República Peruana.

Artículo l.°—Divídase el distrito San José de los Chorrillos de la Pr°V4P

cía de Huarochirf, del departamento ^

Lima, en dos, que se denominarán b José de los Chorrillos y Langa, ▼ §

tendrán por capitales los pueblos de » respectivos nombres.

Art. 2.°—El primero de estos distritos se formará con los pueblos de San José de los Chorrillos, de Cochahuayco. Espíritu Santo, Sisicaya, Chontay y del fundo Chacra-Alta; y el segundo con los pueblos de Langa, Lahuaytambo y del caserío de Santa Ana. Los límites del distrito de San José de los Chorrillos



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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