Ley Nº 16003

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Número: 16003


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 16003

LEY N 16003

Autorizando transferencia de partidas en el Pliego de Educación Publica, hasta por la suma de S/.

310,335.45

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO: — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar la siguiente transferencia de

partidas en el Pliego de Educación Pública del Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 1965, hasta por la suma de trescientos diez mil trescientos treinticinco soles oro y cuarenticinco centavos (S/. 310,335.45):

Sub-Pliego II — Administración Regional.

Programa I. Primera Región de Educación.

Sub-Programa 1. Dirección de la Primera Región.

Asignación N 4.

De la Partida N

99 99

99 99

99 99

99

99

99

99

99

99

1.2.3,

1.2.4, 1.2.7, 1.2.9,

S/.

99

99

99

4,285.75

10,057.30

78,056.20

217,936.20



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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