Ley Nº 15968

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 15968

LEY N° 15968

Disponiendo que el Instituto Nacional de Comercio N 15 integrante de la G. U. E. Leoncio Prado de Huánu-co, llevará el nombre de “Instituto Nacional de Comercio Mariano Dámaso Beraún”

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente del Congreso:

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1—El Instituto Nacional de Comercio N- 15 integrante de la Gran Unidad Escolar “Leoncio Prado” de Huánuco, llevará el nombre de “Instituto Nacional de Comercio Mariano Dámaso Beraún” a partir de la promulgación de la presente ley.

ARTICULO 2—El Ministerio de Educación Pública queda encargado del cumplimiento de esta ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los trece días del mes de diciembre de mil novecientos sesenticinco.

DAVID AGUI LAR CORNEJO, Presidente del Senado.

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL F. BURGA PUELLES,

Senador Secretario.

NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada o-portunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el Artículo 129 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Educación Pública, para su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintinueve días del mes de diciembre de mil novecientos sesenticinco.

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente del Congreso.

CARLOS E. MELGAR LOPEZ, Senador Secretario del Congreso.

CARLOS B. CEDANO VILLALTA, Diputado Secretario, del Congreso.

Lima, 13 de Enero de 1966.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

José Navarro Grau.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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