Ley Nº 1591

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1591


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 01591

lies. Lc<j. \T 1591

IíhI ultando

al reo Enrique Grantham

Lima, 9 de octubre de 1912.

Excmo. Señor:

El Congreso, en uso de la atribución que le confiere el inciso 19 del artículo 59 de la Constitución, ha resuelto indultar al reo Enrique Grantham ríe la pena de tres años de cárcel á que fue condenado en Consejo de Guerra.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde á V. E.~Rafael Villanueva, Presidente del Senado. — J. de D. Salazar 0., Presidente de la Cámara de Diputados. —Edmundo Montesinos, Secretario del Senado. — Carlos Lora y Quiñones, Diputado Pro-Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Lima, 16 de octubre de 1912.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese y publiques. — Rúbrica de S. E.—Moreyra.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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