Ley Nº 1589

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 01589

Res. Leg. N 1589 ludultando al reo Santos C. Alcántara

Lima, 12 de octubre de 1912.

Exorno. Señor:

El Congreso, en nso de la facultad que le confiere el inciso 19 del artículo 59 de la Constitución, lia resuelto indultar al reo Santos C. Alcántara del tiempo que le falta para cumplir ;su condena.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines. —Dios guarde á V. E.—Rafael Villanueva, Presidente del Senado.—J. de D. Salazar 0., Presidente de la Cámara de Diputados. —Edmundo Montesinos, Secretario del Senado.—Julio Abel Raygada, Diputado Secretario,

Al Excmo.* Sr. Presidente déla República

Lima, 16 de octubre de 1912.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese y publíquese.-Rubrica de S. E.—Moreyra.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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