Tipo de Norma: Ley
Número: 1584
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01584Res. Leg. N 1584
Declarando expedito al Bachiller don Arturo Anaya y Vigil para recibirse de abogado.
Lima, 30 de setiembre de 1912. Excmo. Señor:
El Congreso ha resuelto declarar que el bachiller don Arturo Anaya y V^igil está exceptuado de la disposición de la ley de 15 de noviembre de 1902 y que, en consecuencia, puede recibirse de abogado de conformidad con la ley anterior.
Lo comunicarnos á V. E. para su co-inocimiento y demás fines.—Dios guarde á V. E.—Rafael Villanueva, Presidente del Senado.—.T. de D. SalazaiíO-, Presidente de la Cámara de Diputados. —Pedro Rojas Loayza, Secretario del Senado. — Arturo Rubio, Diputado Secretario.
Al Excmo. Sr. Presidentedela República-
Lima, 8 de octubre de 1912. Cúmplase, -regístrese, comuniqúese 3
publíquese.—Rubrica de S. E.—Moreyra'
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.