Ley Nº 15643

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 15643

RESOLUCION LEGISLATIVA

N 15643

Otorgando una pensión indemniza-toria mensual, al ex-Cadete del Tercer Año de la Escuela Militar de Chorrillos don Jesús Baldovino

Paz

Lima, 7 de Octubre de 1965.

Señor:

El Congreso, en vista de la iniciativa del Poder Ejecutivo y en ejercicio de la atribución que le confiere el inciso 23 del artículo 123

de la Constitución Política del Estado, ha resuelto autorizar al Poder Ejecutivo para que otorgue al excadete del tercer año de la Escuela Militar de Chorrillos, don Jesús Baldovino Paz, una pensión in-demnizatoria mensual, equivalente al haber y asignaciones que corresponden a un Subteniente de Ejército, en la situación de actividad, por haberse invalidado en acto del servicio el día 9 de Octubre de 1964, desde cuya fecha será abonable dicha pensión; debiendo, oportunamente, consignarse la partida específica para este fin, en el Presupuesto Funcional del Gobierno Central.

Lo comunicamos a usted para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a Ud.

DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL BURGA PUELLES, Senador Secretario.

NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Lima, 7 de Octubre de 1965.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Italo Arbulú Samamé.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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