Tipo de Norma: Ley
Número: 1526
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01526Res. Leg. N.° 1526
Exonerando del pago de derechos de importación la calamina adquirida para los techos de las Iglesias de Quilhmza, Toro y Chareaua
Lima, 28 de diciembre de 1911.
Excnio. señor:
El Congreso ha resuelto que, por leu aduana de Moliendo se despache libre del pago de derechos de importación, trescientos quintales de calamina en planchas lisas, con destino á los techos
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.