Ley Nº 1522

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 1522

Tipo de Norma: Ley

Número: 1522


Visualización de la norma: Ley 1522



Descargar Ley 1522 en PDF -

documento PDF

 01522

LEY N.o 1522

Escribano

de diligencias adscrito á la Iltma, Corte Superior de Cajamarca

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la, República Peruana_ Ha dado la ley siguiente::

Artículo único.—Créase una plaza de Escribano de diligencias, adscrito ála Utraa. Corte Superior de Cajamarca, con el haber de seis libras mensuales, que se consignará en el Presupueto General ie la República.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso en Lima, á los once días del ines de diciembre de mil novecientos once.— Agustín Tovar, Presidente del Senado.—Roberto E. Leguía, Diputado Presidente. — Miguel Echenique, Senador Secretario. — Arturo Rubio, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, á los veintitrés días del mes de diciembre de mil novecientos once.—A. B. Leguía. —G anoza.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos